La custodia del territorio es el conjunto de estrategias e instrumentos participativos que pretenden implicar a propietarios, gestores y usuarios en la conservación y buen uso de los valores naturales, paisajísticos y culturales de una determinada zona. Se trata de una manera de corresponsabilizar a la sociedad civil y al sector privado en la conservación. Para conseguirlo, se asumen compromisos voluntarios, los llamados acuerdos de custodia.
El concepto de custodia del territorio nació en América del Norte a finales del siglo XIX, pero las primeras iniciativas en España no llegaron hasta finales de los años 70 del pasado siglo. A principios del siglo XXI, arrancó el movimiento en Balears. En 2005, la Llei de Conservació dels Espais de Rellevància Ambiental dio reconocimiento legal a esta figura y en 2007 se constituyó la red Iniciativa de Custòdia del Territori de les Illes Balears (ICTIB).
Así, en las Isas hay actualmente 26 entidades que han llegado a 144 acuerdos de custodia con propietarios privados, sumando un área de actuación que supera las 11.000 hectáreas. Sólo entre 2018 y 2020 se registró un importante incremento en todos los ámbitos. Se suscribieron 36 acuerdos que contabilizaron 1.385 hectáreas, lo que da una idea de que las iniciativas de este tipo en las Islas tienen tendencia a la expansión.
Dos partes
Immaculada Férriz, coordinadora técnica de la ICTIB, explica que «la custodia del territorio es un instrumento de conservación del patrimonio natural y cultural basado en la colaboración de un mínimo de dos partes: normalmente una ONG que tiene una finalidad de conservación, y una propiedad, pública o privada, que permite la intervención de esa organización para beneficiarse de su trabajo técnico. Las leyes ordenan y protegen el territorio, pero al final la cuestión es el modo de gestión. En este sentido, las entidades colaboran y ayudan a los propietarios a conservar su patrimonio».
Un ejemplo de ello es la Fundació Vida Silvestre Mediterrània. Uno de sus objetivos principales ha sido siempre la conservación del voltor. ¿Cómo iba a poder trabajar por la conservación de la especie, incluyendo controles y seguimientos, sin poder acceder a las fincas? De este modo, los acuerdos de custodia con los propietarios le han permitido trabajar en su objetivo.
Férriz señala que «con estos acuerdos, todos ganan, incluida la sociedad en su conjunto, más allá de que el propietario pueda obtener o no un beneficio particular. Muchos propietarios no eran plenamente conscientes de los valores naturales o patrimoniales de sus fincas. Entonces llega una entidad que le hace ver al propietario esos valores, le presenta un plan de actuación y al final el titular se siente orgulloso de que su finca mejore sustancialmente en ámbitos que pueden ser agrarios, de conservación de especies o hábitats, de preservación del patrimonio etnológico o de actividades educativas. En la inmensa mayoría de casos, los acuerdos se saldan con un éxito que puede llegar más tarde o más temprano. En definitiva, por poner un ejemplo, podemos encontrar un propietario que no sabía que su finca es un hábitat de una determinada ave y acaba él mismo poniendo el máximo interés e intentando detectarla con unos prismáticos. Los acuerdos pueden suponer un cambio de chip o de mentalidad».
¿Cómo convencer a propietarios que, en Mallorca, no suelen ver con buenos ojos una intervención externa? Es el consabido «a mí nadie me va a decir lo que tengo que hacer en mi propiedad». La coordinadora técnica del ICTIB indica que «para convencer al propietario hay que visitarle y darle toda la información, y que la propuesta presentada por la entidad se adapte a las características de la finca. Hay que buscar la complicidad del propietario y que al final se sienta valorado y orgulloso de haber facilitado la actuación llevada a cabo, que siempre debe ser respetuosa con el medio».
Corrección
¿Cómo controlar que una actuación se realiza correctamente? Immaculada Férriz apunta que «las propias entidades de custodia, con un alto componente de voluntariado, tienen unos objetivos sociales y unos estatutos que hay que cumplir. Si no es así, sus socios están vigilantes y pedirán responsabilidades. La Administración también controla que las actuaciones sean correctas. Si pides una subvención pública o de una entidad financiera para realizar tu proyecto, tendrás que justificar hasta el último céntimo. Y nuestra propia red también está vigilante para no se haga nada fuera de los objetivos inicialmente planteados».
Férriz especifica que «nuestras iniciativas no pretenden sustituir el trabajo de la Administración, pero está claro que ésta no puede llegar a todas partes. Así, además de las entidades y los propietarios, la Administración sale beneficiada porque, a través de la custodia del territorio, se consigue una parte de sus objetivos». El propio conseller de Medi Ambient i Territori, Miquel Mir, manifestó que «la custodia del territorio es un elemento indispensable para la conservación y la gestión de los espacios naturales protegidos. El 96,5 % de los acuerdos de custodia se desarrolla en fincas privadas. El dato nos muestra el compromiso de los acuerdos en la conservación de los espacios protegidos».
Respecto al objetivo principal de los acuerdos de custodia, el más extendido es la conservación de especies de fauna (41 %), seguido de la promoción de la gestión tradicional del territorio (29 %) y la conservación de especies de flora (14,5 %). Si nos fijamos en los usos principales de los terrenos con acuerdos de custodia, se observa que los mayoritarios son de carácter agrario. La mayoría de los acuerdos se aplican en terrenos donde el uso principal son los cultivos (con el 73 %), seguido de los pastos (15 %) y el uso forestal (6 %).
Finalmente, una cuestión importante es la financiación de los proyectos. Férriz detalla que «hay convocatorias autonómicas de ayudas a proyectos de conservación. También las hay del Ministerio de Transición Ecológica y pequeñas convocatorias de entidades financieras. También hay que estar atentos a los fondos europeos, pero, normalmente, las entidades son de pequeño tamaño y difícilmente pueden tener acceso. El Consorci de la Serra de Tramuntana tiene una convocatoria específica para custodia del territorio, pero, claro, está limitada a Tramuntana. Luego hay fundaciones que tienen sus propios fondos y entidades como el GOB, que tienen sus cuotas de socios. Y los propietarios también pueden poner de su parte, aunque no es su obligación».
El apunte
También existe la custodia marina
Una variedad reciente es la custodia marina. En el medio marino tienen lugar actividades productivas y recreativas. La custodia es una herramienta que puede ser útil para facilitar la colaboración entre los diversos agentes implicados. Así, representa una estrategia de conservación que pretende generar responsabilidad por parte de las autoridades competentes y de los usuarios para presevar los valores marinos. En Balears ya existen los ejemplos de MedGardens, GOB, Dragonera Blava y Associació Noctiluca.