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La ley del Síndic de Greuges no se activará si no es para elegirlo ya

El Parlament busca mayorías estables para tres nombramientos todavía pendientes

Mesa del Parlament, que gestiona qué se debate. | Jaume Morey

| Palma |

La reforma de la Llei del Síndic de Greuges, equivalente al Defensor del Pueblo autonómico y que ya está redactada, no se llevará al Parlament para su aprobación si no existen garantías de dar con la persona que pueda ocupar el puesto. Su elección es compleja, ya que (salvo que la norma también se modificase en este sentido) tiene que ser elegido por las tres quintas partes del pleno (36 escaños sobre 59) sin posibilidad de ‘repesca' por mayoría absoluta, como sí sucede con otros cargos pendientes de elección: el Consejo de Dirección de IB3 o el director de la Oficina Anticorrupció.

La elección del Síndic de Greuges es una asignatura pendiente desde el inicio de la autonomía. Es el único puesto estatutario sin nombrar pese a que, en 1993, se aprobó una ley que «ha quedado totalmente desfasada», según han señalado a este diario personas que están al tanto de la negociación y que han explicado que «nos hubiera gustado aprobarla pero preferimos tener la certeza de que se abrirá la negociación.

Manresa y Far

El Parlament tiene que tomar una decisión sobre dos cargos más: Andreu Manresa, director general de IB3, cuyo mandato parlamentario ha concluido pero puede seguir en el puesto hasta que se elija otro responsable o se le confirme; y Jaime Far, que dimitirá formalmente el 1 de enero al frente de la Oficina Anticorrupció. En este caso, ya ha nombrado a una directora adjunta –María Belén Méndez Alonso, actual jefa del área de Inspección–, que le sustituirá provisionalmente hasta que los partidos se pongan de acuerdo. El proceso para elegir al Consejo de Dirección de IB3 y al director de la Oficina tiene que iniciarlo formalmente el presidente del Parlament Vicenç Thomàs. También el referido al Síndic de Greuges si se aprobara ley.

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