La Audiencia exculpa al notario: fue imprudente pero no tanto como para cometer un delito. La sentencia absuelve a Bartolomé Bibiloni de un delito de falsedad por imprudencia en la identificación de una mujer que otorgaba un poder absoluto a su hijo para disponer de su patrimonio. En realidad, el otro acusado presentó a otra persona y empleó ese documento para cometer una estafa de más de 300.000 euros gracias a su control falso de los bienes de su madre. Vendió una finca en Orient y más tarde la hipotecó en el año 2013.
El estafador había reconocido el delito en el juicio y aceptado una condena de dos años de prisión en esta causa. Quedaba pendiente de la sentencia la posible responsabilidad del notario. La Fiscalía y las acusaciones particulares sostenían que llegó a cometer un delito al no identificar a la mujer que otorgaba el poder más que mediante la fotocopia compulsada de su carné de identidad. La sentencia considera que esa conducta no fue correcta: «Incumplió un deber básico, cual es la identificación a través de documento nacional de identidad». Sin embargo, considera que este descuido no llega a tener la gravedad suficiente para ser «muy grave» y merecer así reproche penal: «El análisis de la imprudencia debe valorarse en el nivel de riesgo a que se expone el notario en su día a día, autorizando miles de escrituras públicas y expuesto al riesgo constante de ser inducido a error».
La sentencia descarta creer en lo que contó en el juicio el estafador, que acusaba también al notario, porque entiende que su versión está viciada:en caso de condena del notario éste tendría que pagar una indemnización a las víctimas y no solo el estafador. Reprocha a las acusaciones que no hayan aportado pruebas clave como el DNI que fue fotocopiado y compulsado por otro notario diferente. Ese hecho, la intervención de otro fedatario, pudo motivar el error, concluye la sentencia.
Segunda sentencia favorable en tres meses
El notario Bartolomé Bibiloni, defendido por el letrado Josep Zaforteza, ha superado dos juicios en unos meses con absolución en ambos. La sentencia que ahora le exculpa se refería al único caso en el que se le pedía una responsabilidad penal. En julio, la Audiencia ya le absolvió por unos hechos casi idénticos en el que solo se le reclamaba una indemnización para las víctimas. En ambos procesos el principal encausado por estafa es la misma persona que consiguió un poder absoluto sobre el patrimonio de su madre y que, en ambos juicios, reconoció su responsabilidad y asumió penas de prisión.