El Govern ha pactado con el ejecutivo central cambiar la regulación sobre alternativa de alquiler social en caso de desahucios instados por grandes tenedores para que el decreto de medidas urgentes recoja expresamente que esos propietarios no serán sancionados si la familia desahuciada rechaza su oferta.
La norma establece que, antes de instar un desahucio, los grandes tenedores tienen la obligación de ofrecer a inquilinos vulnerables un alquiler por una renta mensual que no supere el 30 % de los ingresos familiares, recuerda en un comunicado la Conselleria de Movilidad y Vivienda.
En caso de que incumpla esta obligación, cometería una infracción administrativa sancionable con entre 30.001 y 90.000 euros.
El cambio pactado en la comisión bilateral de cooperación entre la Administración General del Estado y el Govern supone que la regulación recogerá expresamente que no podrá sancionarse al gran tenedor si, pese a haber hecho una oferta ajustada a la norma, la familia desahuciada la rechaza.
«Como es lógico», puntualiza en un comunicado la conselleria que dirige Josep Marí, que explica que en el acuerdo con el Gobierno central se recoge también la corrección de un «error de redacción» que ya había sido identificado, por lo que la literalidad del texto equivocado nunca se había aplicado.
El error afectaba a la explicación del ejercicio del tanteo y retracto al que tiene derecho la administración cuando se produce una compraventa de viviendas entre grandes tenedores.
El texto indicaba que el precio lo fijaba el organismo público, cuando debía indicar que el montante a pagar era el acordado entre los grandes tenedores para la operación.
«No ha habido ninguna duda ni ha habido ninguna voluntad de hacer lo contrario: las och viviendas que se han comprado ya a los grandes tenedores (y los expedientes actualmente en tramitación) se han hecho siempre al precio comunicado originalmente por el vendedor», indica la Conselleria de Movilidad y Vivienda.