Ramón Sampedro se convirtió en el primer ciudadano español en solicitar la eutanasia para poner fin a su vida. A pesar de la demanda, recurrió a hacerlo, finalmente, de forma clandestina, en 1998. Antes de morir, dejó escrito lo siguiente: «(…) el derecho de nacer parte de una verdad: el deseo de placer. El derecho de morir parte de otra verdad: el deseo de no sufrir. La razón ética pone el bien o el mal en cada uno de los actos. Un hijo concebido contra la voluntad de la mujer es un crimen. Una muerte contra la voluntad de la persona también. Pero un hijo deseado y concebido por amor es, obviamente, un bien. Una muerte deseada para liberarse de un dolor irremediable, también. (…)».
Veintitrés años después, España se ha convertido en el sexto país del mundo que regula la eutanasia. El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el pasado jueves, día 25, la ley que no entrará en vigor hasta dentro de tres meses tras su publicación. La normativa contempla la creación de Comisiones de Garantía y Evaluación en cada Autonomía, que verificarán a posteriori el respeto a la ley y los procedimientos que establece.
La noticia ha causado un debate social donde se cuestiona el derecho, la bioética y lo que concierne a los cuidados paliativos. ¿Qué dice exactamente la ley? ¿Cuáles son los requisitos? ¿Es digno elegir cómo y cuándo morir?
La ley
La catedrática de Derecho Penal de la Universitat de les Illes Balears, Carmen Tomás-Valiente, además de experta en esta materia, destaca que la ley pasa a despenalizar dos conductas eutanásicas que son «ayudar al suicidio entendido como el profesional que procura los medicamentos que el paciente va ingerir por sí mismo» y «la del propio profesional sanitario que ejecuta la muerte con la eutanasia» a petición del enfermo.
«Dichas conductas no es que dejen de ser un delito, sino que se convierten en un derecho de los pacientes el solicitarlo a la Sanidad Pública». España ha establecido un sistema distinto en cuanto a los controles en comparación con la mayoría de los países que ya cuentan con esta norma (Países Bajos, Luxemburgo, Bélgica, Canadá y Colombia). Tomás-Valiente indica que la «autorización administrativa es lo que marca la diferencia. La petición se dirige a un médico, luego a un médico consultor y después a la Comisión de Garantía Y evaluación de cada autonomía, es quien decide finalmente». Cree que «la ley española ha querido dar un plus de garantía. Si hay un examen por un órgano de los poderes públicos previos, se controla todo más y es menos probable que haya casos de abuso».
Derecho a elegir
Diversas asociaciones han aplaudido la aprobación de la eutanasia. Una de las que más ruido ha generado, a nivel nacional, es la del Derecho a Morir Dignamente. El portavoz en Balears, Antón Soler, recuerda que llevan 37 años luchando «para que la batalla de Ramón Sampedro sea una realidad. En las últimas encuestas, más del 70 % estaba a favor de la regulación. Vivir es un derecho pero no es ninguna obligación. Yo he sido médico durante 40 años y muchos pacientes me pedían que les ayudara a terminar su vida. La gente se da cuenta que hay momentos muy dolorosos, de sufrimiento físico y moral. Se dan cuenta que no hace falta pasar este martirio. De ahí la necesidad de la eutanasia».
La Asociación Balear de Esclerosis Múltiple (Abdem) subraya el «ser consciente del terrible sufrimiento que padecen algunas personas y sus familiares. Las organizaciones de pacientes nos sumamos a la necesidad de que haya una responsabilidad por parte de una ley que regule la eutanasia», indica la presidenta de Abdem, Isabel Gayà.
A la cuestión del valor de la dignidad, Jesús Camargo, profesor de Filosofía y doctor en Filosofía Política, puntualiza que «lo que hace esta ley es conseguir, por fin, la despenalización del suicidio. Desde la perspectiva ética, el valor en cuestión debe ser la dignidad, que, etimológicamente lo entendemos como el ser merecedor del respeto. La dignidad también implica la libertad de decidir».
Cuidados paliativos
Para el sacerdote Llorenç Lladó, que ofrece su tiempo al acompañamiento del enfermo en el Hospital Son Espases y Joan March, defiende que «la vida se considera un don y no forma parte del objeto de la libertad humana. Sobre nuestra vida no podemos tomar decisiones. Lo contrario, no sería ético». La postura de Llorenç Lladó «va de acuerdo con la ortotanasia, que es el ideal de la muerte digna con los cuidados paliativos», frente a la eutanasia o distanasia. «A toda persona enferma y con dolor son los profesionales de la sanidad quienes han de ayudarles a paliar el dolor. Pero actuar sobre la vida de otra persona para provocarle la muerte no es correcto, pues parto del supuesto que una persona no es dueña de su vida».
La Sociedad Española de Cuidados Paliativos (Secpal) hizo un comunicado en el que se posicionaba en contra de «una ley que adolece de deliberación y calidad conceptual. No podemos decir que se trata de una ley garantista cuando existen errores conceptuales». El presidente, y médico responsable del Equipo de Soporte Hospitalaria de Atención Paliativa, Juan Pablo Leiva, destaca la «preocupación» de una ley que «nos confronta con los límites de los cuidados paliativos». Defiende que sea la eutanasia una «condición de excepcionalidad» de acuerdo a que los tratamientos no siempre son suficientes para el paciente.