La primera sentencia en Baleares contra las multas del estado de alarma da la razón al Estado. Un juzgado de lo Contencioso de Palma ha confirmado la sanción de 1.500 euros que impuso la Delegación del Gobierno a un ciudadano que circulaba en el mes de abril sin un motivo que justificara el uso del vehículo.
Se le dio el alto en un control y, ante la falta de un documento, se le abrió acta de sanción que se concretó en una multa en aplicación de la Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana.
Sin justificación
El recurso asumía que esta persona estaba en la calle pero aseguraba que lo hacía bajo uno de los supuestos que lo permitía: ir al trabajo. Sin embargo no aportaba ninguna documentación o prueba que justificara a dónde iba por lo que la magistrada valida la versión de los agentes que iniciaron el expediente sancionador.
Ahora han comenzado a llegar a los juzgados de lo Contencioso los primeros recursos contra estas sanciones. De todas las que propusieron las fuerzas y cuerpos de seguridad, luego la Delegación del Gobierno formalizó en torno a cuatro mil multas. Una mínima parte además ha derivado en procedimientos penales después de que una veintena de personas, los reincidentes más graves, ingresaran en prisión. Estas conductas han llegado a ser castigadas en los juzgados con condenas de medio año de prisión.
Las multas son ahora más elevadas
Durante la fase del confinamiento más estricto de la pasada primavera, las multas más elevadas llegaban hasta los 3.000 euros y las imponía la Delegación del Gobierno en base a la ley de Seguridad Ciudadana. Ahora se aplica una normativa autonómica y este la Comunitat quien puede sancionar con cantidades que se elevan a 600.000 euros las más graves.