El Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB) ya recoge desde este mismo lunes el cambio de inicio del toque de queda en Baleares, que se ha anunciado esta tarde por parte del Govern a los representantes de las patronales de restauración, que se han reunido con el conseller de Model Econòmic, Treball y Turisme, Iago Negueruela.
La limitación de movilidad de personas en horario nocturno para evitar la progación de infecciones de la COVID-19 se establece entre las 24:00 horas y las 06:00 en todo el territorio de Baleares. Quedan prohibidos todos los los desplazamientos y la circulación por las vías públicas durante este horario.
Según aparece en el nuevo texto que recoge el BOIB, se excluyen de esta prohibición los siguientes casos:
-Desplazamiento por asistencia sanitaria de urgencia y para acudir a la farmacia por razones de urgencia, siempre que sea la más cercana al domicilio o al centro sanitario al que se ha acudido, así como para asistencia veterinaria urgente.
-Desplazamiento de trabajadores para ir o volver a su lugar de trabajo en los casos en que no sea posible el teletrabajo, así como en los desplazamientos vinculados a la actividad laboral o de la propia actividad profesional o empresarial.
-Se incluyen los desplazamientos de profesionales y voluntarios debidamente acreditados para realizar servicios esenciales, santiarios y sociales.
-Curas de personas mayores, menores de edad y personas dependientes, con discapacidad o especialmente vulnerables por motivos inaplazables. Quedan incluidos los desplazamientos por necesidades de personas con trastornos de conducta, discapacidad o enfermedad que requieran algún tipo de actividad en el exterior para su bienestar emocional o de salud.
-Actuaciones urgentes ante órganos judiciales o dependencias policiales.
-Regreso a la residencia habitual después de haber realizado las actividades permitidas.
-Causa de fuerza mayor o en otra situación de necesidad justificada
■ Consulte aquí el texto del BOIB referente al toque de queda