El aforo de los gimnasios se reduce al 50 % de su capacidad; actualmente es del 75 %. Esta es una de las nuevas restricciones para frenar los contagios de coronavirus que se han publicado este viernes en el BOIB.
En concreto, esta medida no entrará en vigor hasta el lunes 31 de agosto, como el resto de las relacionadas con temas de aforo; el resto de restricciones ya están en vigor desde este viernes a mediodía.
En concreto, en el BOIB se precisa que «las actividades que se lleven a cabo en las instalaciones deportivas (al aire libre, en instalaciones cubiertas y centros deportivos), tanto de carácter individual como colectivas, no pueden superar el 50 % de la capacidad máxima de práctica deportiva, como tampoco el cincuenta por ciento de la capacidad total de la instalación».
Además, especifica que las academias de baile están incluidas en esta categoría.
En el caso de los vestuarios y las duchas, sólo se podrán utilizar «siempre que se garantice que no se supera el 50 % de la capacidad máxima».
Competiciones deportivas
En el caso de las caso de las competiciones deportivas se pueden llevar a cabo con público con un límite del 75 % de la capacidad de espectadores por cada instalación y como máximo con 1.000 personas sentadas en instalaciones al aire libre y 300 en instalaciones cubiertas. En todo caso, se debe garantizar una distancia de un metro y medio entre el público asistente, salvo las personas convivientes, y los espectadores deben llevar mascarilla. No se permite ni comer ni beber en las instalaciones cubiertas.