Este viernes a mediodía se ha publicado el BOIB con las nuevas restricciones aprobadas por el Govern con la finalidad de frenar la pandemia de la COVID-19 en Baleares. Por tanto, todas ellas ya están en vigor, salvo las que se refieren a los aforos de los bares y restaurantes, que lo harán el próximo lunes.
Cabe destacar que el BOIB recoge la recomendación de «limitar el número de encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable y procurar el espaciamiento temporal entre encuentros con grupos con composición no coincidente». La portavoz del Govern, Pilar Costa, también ha pedido evitar las salidas y los viajes innecesarios. Las reuniones de más de 10 personas están prohibidas, excepto en el caso de personas convivientes, en el que no se aplica esta limitación. Durante estos tipos de actividades se debe respetar la distancia mínima de seguridad interpersonal entre los no convivientes y la obligatoriedad del uso de mascarilla, cuando proceda.
En relación al uso de las mascarillas, obligatoria para todas las personas mayores de seis años (salvo excepciones), el BOIB precisa que deben utilizarse en las terrazas cuando no se está consumiendo.
En los puestos de trabajo también es obligatorio el uso de la mascarilla, «salvo en los espacios abiertos en los que se debe garantizar la distancia interpersonal de 1,5 metros entre los trabajadores, o en los espacios cerrados en los que, además de garantizar la distancia interpersonal de 1,5 metros entre los trabajadores, se han establecido también sistemas de separación física que en garantizan la seguridad de estos. En cualquier caso, es obligatorio utilizarla cuando se circula por los espacios comunes».
La mascarilla no es obligatoria en las playas, piscinas y la naturaleza, siempre que se pueda mantener la distancia de seguridad; tampoco lo es mientras se realiza deporte.
El BOIB también recoge el cierre de las playas y los parques infantiles entre las 21:00 y las 7:00 horas, así como la prohibición de fumar en todos los espacios públicos, aunque se pueda guardar la distancia de seguridad.
El BOIB también regula lo que se considera como evento multitudinario, es decir, en el que se espera una asistencia superior a 300 personas en espacios al aire libre o de 150 personas en espacios cerrados. En los eventos multitudinarios, la autoridad sanitaria debe hacer una evaluación del riesgo de conformidad con lo previsto en el documento 'Recomendaciones para eventos y actividades multitudinarias en el contexto de nueva Normalidad por COVID-19 en España'. En función de esta evaluación, cada evento de estas características debe contar con la autorización de la Dirección General de Salut Pública de la Conselleria de Salut.
Otras de las medidas que recoge el BOIB son el cierre de los prostíbulos, al tiempo que se suspende la actividad de los clubs de gent gran.
Todas estas medidas tienen una vigencia de 15 días. El Govern ha manifestado que durante este tiempo evaluará si es necesario endurecerlas, mantenerlas o flexibilizarlas, en función de la evoluvión de la pandemia.