Un juzgado de Violencia sobre la Mujer de Palma requiere a una mujer, víctima de malos tratos, a que cumpla durante el estado de alarma con el régimen de visitas fijado para el padre de sus hijos, condenado por ese delito. La madre argumentaba ante el juzgado que el régimen suponía un peligro añadido para los menores porque implicaba su contacto con personas con riesgo de contagio y que siguen trabajando. También implicaba, según la madre, el uso de un taxi en el que viajaban varias personas.
La resolución judicial iniciada a partir de una reclamación del padre, que no había visto a los niños desde el inicio del confinamiento, señala que existe una «actitud claramente obstuctiva» por parte de la madre «para que el hijo común pueda estar con el padre cuando a éste le corresponde tenerlo consigo conforme al régimien de visitas». El auto admite que existe una «situación inédita y excepcional» pero recuerda que se permite la circulación de personas por las vías públicas para la asistencia y cuidado de menores. «En consecuencia, la negativa de alguno de los progenitores a entregar a su hijo menor no se considera justificada, amparándose en una negativa genérica con causa del estado de alarma», señala. Indica que sería necesario explicitar «razones concretas de peligro o riesgo para el menor». La madre también argumentaba que el menor padece un trastorno del espectro autista y que se verían alteradas sus rutinas. El juez responde: «No es motivo suficiente para acceder a la suspensión dado que a pesar de tal trastorno está vigente el régimen y que por ello ha de presumirse beneficioso para el hijo común, sin que para el menor resulte a juicio de este tribunal más beneficioso que deje de estar con su padre durante un tiempo que, al menos ha de ser un mes».
El auto sí suspende una de las visitas de corta duración que tenía el niño con el padre, «ya que no puede considerarse que los día laborales sean no lectivos por el mero hecho de que los menores no deben de acudir al centro escolar». Así, el niño tendrá que dormir un día entre semana en casa de su padre y los fines de semana son alternos. Además, la resolución fija que las visitas que no se han llevado a cabo «y aquellas otras que, en su caso, no se lleven a cabo desde el dictado de la presente resolución por la actitud obstativa e injustificada de la madre darán lugar a la compensación de los correspondientes periodos en la forma y tiempo que elija el progenitor perjudicado».
Los juzgados de Violencia tramitan, además de las denuncias penales en casos de malos tratos, el procedimiento de divorcio y el régimen de custodia de los hijos, como lo haría un juzgado de Familia.
Bajón en los juzgados de los casos de violencia
En círculos judiciales ha sorprendido el relativamente bajo número de casos de violencia sobre la mujer que han llegado a los juzgados durante el estado de alarma. La primera semana fueron tres los detenidos y esta segunda, el número es similar. Hubo uno ayer, por ejemplo, que pasó a disposición judicial. De hecho los juzgados especializados son de los que mantienen actividad como «esenciales» para el Consejo General del Poder Judicial. Tampoco en el orden social, los que atienden demandas de trabajadores contra sus empresas, se han registrado apenas casos y la actividad judicial se centra fundamentalmente en las guardias y en las causas en las que hay presos, cuya tramitación se mantiene.