La ley de consultas de Baleares, una de las aprobadas por el pacto de izquierdas en la anterior legislatura, ha quedado vacía de contenido tras una serie de modificaciones que hará el Govern para no chocar con el Gobierno central y acabar con el texto recurrido ante el Tribunal Constitucional.
Ambas administraciones han llegado a un acuerdo por el que el Ejecutivo de Francina Armengol se compromete a modificar una decena de artículos del texto que, en la práctica, descafeinan la norma aprobada por el Parlament balear.
Las consultas que se hagan en los municipios deberán versar sobre asuntos de interés municipal, es decir, no se podrán convocar legalmente referéndums sobre Monarquía o República o sobre separación municipal de territorios.
Vinculante
La parte sustancial que cambiará el Govern tras esta negociación con el Ministerio tiene que ver con el hecho de si las consultas son o no vinculantes. El Govern quería que lo fueran y así lo planteó en el proyecto que registró en el Parlament. Antes de que la Cámara balear aprobara el texto, el Govern ya recibió un primer requerimiento del Gobierno central en el que le advertía de que las consultas no podían ser vinculantes.
El Ejecutivo balear modificó en parte el proyecto de ley antes de su aprobación, pero no le sirvió de nada: en el acuerdo firmado entre la consellera Pilar Costa y el ministro Luis Planas queda claro que no podrán ser vinculantes. «El resultado de este tipo de consulta será vinculante para la autoridad convocante en los supuestos que así lo prevea la legislación estatal», señala el acuerdo de la comisión bilateral de cooperación.
En la práctica, eso significa que solo se podrán hacer aquellas consultas vinculantes que permita la legislación estatal. El Govern recurre a una fórmula muy parecida para cambiar el resto de artículos que el Gobierno central consideraba inconstitucionales.
Legislación estatal
En la mayor parte de ellos se añade la coletilla «con la finalidad de ajustarse a la competencia exclusiva del Estado en los términos definidos por el Tribunal Constitucional» o «con la finalidad de ajustarse a la competencia del Estado sobre las bases del régimen jurídico local previsto en la Constitución española».
En la práctica, una vez que se hayan aprobado los cambios para evitar el recurso ante el Tribunal Constitucional, la ley de consultas quedará sin contenido propio ya que todo deberá ajustarse a las disposiciones estatales en materia de referéndums o en materia de régimen electoral general.