Bankia reducirá el horario para atender los servicios de caja en sus oficinas, que engloba operaciones asociadas a la cuenta corriente como ingresar o sacar dinero o realizar transferencias, a partir de enero de 2020, mientras que también ha decidido establecer una distinción entre clientes y no clientes.
De este modo, los clientes que quieran realizar alguna operación relacionada con los servicios de caja en una sucursal de Bankia a partir del próximo miércoles tendrán que acudir entre las 8:15 horas y las 11:00 horas, cualquier día de lunes a viernes, frente al horario anterior, que se extendía desde primera hora de la mañana hasta las 14.15 horas.
Uno de los cambios más relevantes en el horario de las oficinas de banca minorista de la entidad es el que afectará a los no clientes. Hasta ahora disfrutaban del mismo horario que los clientes de Bankia -a los que se les recortará tres horas al día de acceso a este servicio-, mientras que a partir del 1 de enero solamente serán atendidos los martes y jueves de 8:15 horas a 10:00 horas.
Por otro lado, las oficinas ágiles, un concepto de sucursal especializada en operaciones transaccionales, mantendrán su horario ininterrumpido para el servicio de caja de lunes a jueves de 8:15 horas a 18:00 horas, y viernes de 8:15 horas a 14:15 horas.
No obstante, estas sucursales, que suman en torno a 130 en todo el territorio español, atenderán a los clientes y no clientes que quieran pagar recibos no domiciliados sólo los martes y jueves de 8:15 horas a 10:15 horas entre los días 10 y 20 de cada mes, equiparándose al horario establecido desde hace tiempo para este servicio en las oficinas de banca minorista.
Así, quien quiera pagar un recibo no domiciliado, como una matrícula de Universidad, tendrá la posibilidad de hacerlo en alguna de las ocho horas al mes que Bankia ha habilitado para ello, tanto en sus oficinas de banca minorista, como ahora en las denominadas ágiles.
Las oficinas ágiles se sitúan en lugares donde hay una gran concentración de oficinas de Bankia y su misión es la de liberar de trabajos a las de banca minorista, de forma que los gestores puedan dedicar más tiempo a dar servicios de mayor valor añadido.
Esta estrategia, que el banco presidido por José Ignacio Goirigolzarri pondrá en marcha a partir del 1 de enero de 2020, ya ha sido adoptada por la gran mayoría de entidades financieras, como Banco Santander, Banco Sabadell o CaixaBank. Cada una de ellas ha ido aplicando restricciones a determinados servicios ofrecidos en las oficinas.
En la última memoria de reclamaciones publicada por el Banco de España y relativa al ejercicio 2018, el organismo explica que no se considera admisible la introducción de una restricción horaria o de fechas para la realización de ingresos o reintegros en una cuenta corriente de un cliente, que considera incluidos dentro del servicio de caja básico.
En cualquier caso, si se acreditara pacto al respecto en el correspondiente contrato de cuenta, habría que estar a lo específicamente pactado sin perjuicio del derecho de los clientes a disponer en todo momento de su saldo en cuentas a la vista.
En el caso de los recibos no domiciliados, la institución que dirige Pablo Hernández de Cos asegura que la práctica más habitual y similar en estas situaciones es que las oficinas bancarias señalen un horario restringido para atender su pago por ventanilla, incentivando la posibilidad de realizar estas operaciones a través de Internet, banca telefónica u otros canales.
La intención expresada al Banco de España por las entidades para implantar estas medidas es la de evitar aglomeraciones en las oficinas, procurando dispensar un mejor trato a la clientela bancaria.
Dentro de estos supuestos, el Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones del Banco de España no puede objetar a la forma de proceder de cada entidad, dado que responde a una decisión de política operativa y comercial adoptada de forma individual.