Los tribunales de Mallorca confirman la improcedencia del despido de un empleado que tenía fobia al ruido y que fue fulminado poco después de que comenzara a pedir a su empresa que tomara medidas para paliar sus problemas de salud. El trabajador relacionó en su demanda ambas circunstancias y pidió que se declarara la nulidad del despido, al entender que era una represalia por sus peticiones laborales.
El empleado despedido trabajaba para una firma de venta de coches de segunda mano. Al menos en dos meses fue la persona que más vehículos vendió. En abril de 2017, ante sus quejas por el problema de salud que padecía, la empresa le comunicó una serie de medidas para que mejorara su «conducta y rendimiento». En concreto le pusieron un nuevo espacio físico de trabajo para paliar la afección. Sin embargo esa situación no fue suficiente y el empleado tuvo que coger una baja un mes después, primero por treinta días y luego, por una recaída, volvió a no poder acudir al trabajo durante otro periodo similar.
En medio de esa segunda baja recibió una carta de la empresa en la que se le comunicaba su despido sin muchas explicaciones. El documento aludía a falta de rendimiento y de adaptación a «los nuevos procesos de trabajo establecidos por la empresa a través del nuevo director comercial». También le indemnizaba como si el despido hubiera sido improcedente, algo que más tarde declararon los tribunales.
Un juzgado de lo Social de Palma aceptó de forma parcial la demanda del trabajador y obligaba a la empresa a readmitirle o a indemnizarle. Entendía que no había base para el despido, aunque rechazaba que se hubiera producido una vulneración de derechos fundamentales con la decisión y que, por tanto, fuera un despido nulo.
El recurso presentado por la empresa en el TSJB asumía ya la improcedencia del despido y sólo se discutía en segunda instancia la cuantía de la indemnización que tenía que abonar al empleado, que queda fijada en algo más de 12.000 euros.