El Ministerio de Fomento ha fijado unos servicios mínimos de 'handling' para la huelga de los días 21 y 24 de abril, de entre el 38% y el 65% en vuelos domésticos, del 45% en vuelos internacionales y del 100% en el caso de los vuelos a las islas, así como en aquellas conexiones en las que existan obligaciones de servicio público entre dos aeropuertos peninsulares.
A la huelga del sector del personal de tierra en aeropuertos, conocido como 'handling', que presta servicios de asistencia a aviones y pasajeros en diferentes empresas, están llamados 60.000 trabajadores en toda España, convocados por los sindicatos UGT y USO Sector Aéreo.
En el caso de las rutas a ciudades españolas peninsulares con alternativa igual o superior a cinco horas, los servicios mínimos en dichos servicios se han fijado en el 65% y en el 45% para todas las rutas entre España y otro país, según ha informado Fomento en un comunicado.
De igual forma, los servicios de 'handling' tendrán que garantizarse en el 40% de los vuelos del 21 de abril y en el 38% el 24 de abril entre ciudades peninsulares para cada ruta con ciudades españolas peninsulares cuya alternativa de transporte público suponga un desplazamiento igual a cinco horas.
Asimismo, se considerarán servicios mínimos todos aquellos cuya hora de salida programada fuera anterior al inicio de la huelga y cuya llegada prevista se produzca en el periodo de la huelga, ha informado Fomento en un comunicado, que señala que se ha tenido «especial consideración» a la operación de salida y regreso de las vacaciones de Semana Santa para compatibilizar el derecho a huelga con la movilidad de los ciudadanos.
Según los servicios mínimos decretados, deben garantizarse aquellos para los vuelos programados de correo postal y productos perecederos cuando éstos se efectúen con aeronaves dedicadas exclusivamente a carga, y todos aquellos dedicados a labores de emergencia (servicios de ambulancia, antiincendios, transplantes, rescate, etc).
USO y UGT confirmaron la pasada semana la huelga para los días 21 y 24 de abril en el sector del personal de tierra en aeropuertos que presta servicios de asistencia a aviones y pasajeros en diferentes empresas, entre los que se encuentran los servicios de asistencia en tierra, a las aeronaves y pasajeros, mercancías y correo, así como al servicio de colocación y retirada de pasarelas, que conectan la aeronave con la terminal portuaria.
Los sindicatos han reclamado la retirada de la cláusula del IV convenio colectivo relativa a los trabajadores subrogados y el establecimiento de garantías para el mantenimiento de los derechos de este colectivo de trabajadores, cuya negociación lleva en marcha hace más de dos años y medio.
Además, reclamaron el cumplimiento del acuerdo con el SIMA que incluía garantías para los trabajadores afectados por la subrogación como el mantenimiento de las percepciones económicas que vinieran percibiendo en la empresa cedente, en caso de ser superiores a los que correspondieran en la empresa cesionaria.
La patronal, la Asociación de Empresas de Servicios de Asistencia en Tierra en Aeropuertos (ASEATA), y los sindicatos llegaron a un acuerdo el pasado mes de julio que evitó una huelga en el sector que incluía la regulación de las normas y garantías económicas del personal subrogado en un sector en el que, según los sindicatos, hay más subrogación que en cualquier otro (más del 70%).
Los servicios de 'handling' en España mueven al año cerca de 900 millones de euros. Entre las principales empresas que prestan estos servicios se encuentran Iberia, Swissport, Acciona, Groundforce (Globalia), Atlántica, Clever, AviaPartner, Menzies, easyJet y Lesma-Ryanair y la patronal ASEATA, representa al 90% del sector.
Las empresas afectadas deberán adoptar las medidas necesarias para garantizar que estos servicios esenciales se presten en las condiciones habituales del servicio, manteniendo para ello el personal «estrictamente necesario» para el periodo afectado por la convocatoria, «salvaguardando en todo momento la seguridad de las operaciones».
Además, concluye Fomento, de adoptar todas las medidas que garanticen de forma «estricta y rigurosa» los derechos de los pasajeros afectados conforme al Reglamento 261/2004 europeo.