El Catastro es implacable hasta para el Estado. La Tesorería de la Seguridad Social intenta en los tribunales no tener que abonar el IBI de 26 inmuebles de Palma que cuyo uso cedió hace casi dos décadas al Govern. En total Cort le reclama 823.619,48 euros y ante el impago inició la vía de apremio a través de la Agencia Tributaria de Balears. Es decir, que se le reclama el pago con recargo.
Las fincas por las que la Seguridad Social reclama no tener que pagar son de su propiedad.
Eran equipamientos sanitarios, entre ellos centros de salud, propiedad del Estado y que todavía mantienen ese uso. Cuando las autonomías asumieron las competencias, en 2001 se transfirió el uso de los inmuebles. El recurso de la Tesorería recordaba que se incluía la obligación de que el Govern asumiera el pago de las obligaciones tributarias.
Cort tramitó el pago del IBI en base a los padrones de 2016 y allí constaba la Seguridad Social como dueño y, por lo tanto, el obligado a pagar el impuesto municipal.
Como no se pagó el impuesto en el período voluntario los recibos pasaron a la Agencia Tributaria que dictó otras tantas providencias de apremio. Contra esta decisión se dirige el recurso de la Seguridad Social que además ha sido desestimado por la Sala de lo Contencioso del TSJB.
La sentencia señala que las providencias de apremio están reguladas y entre los motivos para oponerse a las mismas no está un error en quién tiene que pagar el impuesto. El TSJB constata que son documentos en los que queda claro contra quién se actúa y que han sido notificadas de forma correcta: «El problema no es de recaudación, sino de gestión del impuesto, lo que sólo puede ser resuelto por la administración responsable de la misma que es el Ajuntament de Palma, todo ello sin perjuicio del derecho de la Tesorería a repercutir el impuesto abonado al Govern».