Síguenos F Y T L I T R

Ya se pueden pedir las ayudas del Govern para la rehabilitación de edificios

| Palma |

El Govern ha abierto el plazo para que los ciudadanos que quieran presenten sus solicitudes para recibir ayudas para la conservación y rehabilitación de edificios y viviendas, y para la mejora de la accesibilidad, ha informado la Conselleria del Territorio, Energía y Movilidad.

El importe de la subvención oscila entre los 3.000 euros para la conservación y los 17.000 si en la vivienda reside una persona con discapacidad.

Este departamento ha habilitado una partida total de 1,4 millones de euros para estas ayudas, de las que se pueden beneficiar las comunidades de vecinos y los propietarios de pisos y viviendas unifamiliares.

El BOIB -Boletín Oficial de las Islas Baleares- del 16 de octubre publica la convocatoria de las ayudas del año 2018, que se pueden pedir hasta el 17 de diciembre.

Estas subvenciones se enmarcan en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 y en el convenio posterior firmado el pasado 2 de agosto entre el ministro de Fomento, José Luis Ábalos, y el conseller del Territorio, Energía y Movilidad, Marc Pons, para aplicar este plan y las líneas de ayudas derivadas de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.

A diferencia de convocatorias anteriores, este año podrán solicitar ayudas, además de las comunidades de vecinos de edificios de tipología residencial colectiva, los propietarios de pisos y de viviendas unifamiliares, tanto en el ámbito urbano como rural. Igualmente, se incluyen los elementos comunes de estos edificios y el interior de las viviendas.

Se incrementa el porcentaje de la ayuda, que con carácter general pasa del 35 % al 40 % de la inversión, para accesibilidad en el caso de personas con discapacidad, mayores de 65 años y personas con ingresos inferiores a tres veces el IPREM (22.558 euros) hasta el 75 %.

Se consideran subvencionables las obras y los trabajos que se lleven a cabo para subsanar las deficiencias en los cimientos, la estructura y las instalaciones del edificio de viviendas o de la vivienda, así como las cubiertas, las azoteas, las fachadas y las paredes medianeras, incluidos los procesos de eliminación de amianto.

En relación con las adecuaciones del interior de la vivienda, se incluyen las obras para mantener las condiciones mínimas de funcionalidad, habitabilidad, seguridad e higiene legalmente exigidas.

También se consideran subvencionables las actuaciones para la mejora de la seguridad de utilización y la accesibilidad de los edificios de viviendas o de las viviendas.

Lo más visto