El decreto que declara de utilidad pública la lucha contra la Xylella fastidiosa ha salido a exposición pública, según ha informado la Conselleria de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca en un comunicado.
La lucha contra la plaga de Xylella fastidiosa en las Islas Baleares, donde se han detectado 627 casos positivos, se ha declarado de utilidad pública en el decreto que está desde hoy en fase de información pública y hasta el 24 de mayo. Esta calificación, recogida en la ley de sanidad vegetal 42/2002, permite establecer medidas fitosanitarias adicionales.
El decreto redactado por la conselleria prevé también las medidas obligatorias que se deben poner en macha y adapta la normativa de la comunidad autónoma al nuevo marco legal comunitario.
El decreto establece que las autoridades fitosanitarias de cada territorio, que son los consells insulars, a excepción del de Mallorca, deberán presentar un Plan de Acción insular para combatir el organismo especificado en el ámbito del territorio propio en los tres meses posteriores a la entrada en vigor del decreto.
Estos planes, que serán coordinados por la dirección general de Agricultura y Pesca, establecerán las funciones y las responsabilidades de la autoridad fitosanitaria que ejecuta las acciones; los protocolos descriptivos de los métodos de examen visual; el muestreo y análisis de laboratorio; los recursos mínimos que deben ponerse a disposición para llevar a cabo las acciones y las normas sobre la formación del personal que participa.
También deben fijar las estrategias de lucha a llevar a cabo; los lugares con vegetales que tengan valor cultural, social o científico particular; y las estrategias de control de la salida de material vegetal fuera de Baleares, y entre la isla de Ibiza y el resto de islas, dado que allí se ha detectado la subespecie «pauca», no detectada en la resto de la comunidad autónoma.
El decreto recoge el Plan de Contención propuesto por la Conselleria de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca y aceptado por la Comisión Europea.
Entre otras medidas contempla la eliminación de todos los vegetales en los que se haya detectado la infección, tras haberse aplicado los tratamientos fitosanitarios contra los vectores y las plantas; la destrucción por quema o trituración de los vegetales infectados, in situ o en un lugar designado dentro de la zona de contención; y la elaboración de pruebas al menos dos veces al año a las plantas huéspedes en un radio de 100 metros alrededor del radio infectado.
El decreto también recoge otras medidas ya en vigor, como el procedimiento a seguir en caso de detectar la Xylella, el procedimiento para las inspecciones anuales, qué especies se pueden plantar, la normativa de circulación de vegetales y sus controles, así como directrices para las campañas de sensibilización.
Las Islas Baleares fue la primera comunidad autónoma en declarar el brote de Xylella en noviembre de 2016, posteriormente lo hizo la Comunitat Valenciana y recientemente las comunidades autónomas de Andalucía y Madrid han confirmado también la afectación de esta plaga.
El proyecto del decreto se puede consultar durante un plazo de quince días hábiles con el fin de formular las alegaciones oportunas.