Multa de 200 euros cada mes hasta que cumpla el régimen de visitas. La Audiencia Provincial ha confirmado la resolución de un juzgado de Manacor que impuso esa medida para obligar a que una mujer deje a su exmarido ver a su hija con la frecuencia que marcaba el divorcio.
Los padres residen en un municipio del Llevant de Mallorca. Cuando se divorciaron, en el año 2016 acordaron un régimen de visitas. El padre podía estar con la niña fines de semana alternos, dos tardes a la semana y también se repartían las vacaciones. Unas condiciones casi tipo en estos procedimientos. Sin embargo, la madre se negó a cumplirlo. Argumentaba que la niña no quería ver a su progenitor.
Ante las quejas del padre intervino en la causa la Fiscalía que reclamó a un juzgado de Manacor la adopción de una multa para apremiar a la madre. El juzgado acordó la medida. Cada mes de incumplimiento supone una multa judicial de 200 euros hasta que cumpla con el régimen de visitas.
Si no lo hace, la resolución judicial fija que se revise después de un año la medida para endurecerla o tomar otras resoluciones. En todo caso, el auto del juzgado ya advertía que esas multas «pueden mantenerse el tiempo que se considere necesario».
La madre recurrió esta medida ante la Audiencia Provincial, que ahora rechaza su recurso de plano.