Los acompañantes de las personas con discapacidad beneficiarias de los viajes del Imserso puedan optar a los mismos de forma subvencionada, sin necesidad de cumplir los requisitos de edad o pensión, como ya ocurre con los cónyuges o parejas de hecho de los beneficiarios jubilados o mayores de 65 años.
Según ha informado este viernes 22 de septiembre la Oficina del Defensor del Pueblo, ello ha sido posible gracias a una actuación de esta institución, que recibió una queja de un ciudadano en la que defendía la existencia de un trato discriminatorio porque los programas de turismo y termalismo del Imserso no trataban de la misma manera a los acompañantes de las personas con discapacidad y a los acompañantes del resto de beneficiarios.
En este sentido, el Defensor ha explicado que la resolución de convocatoria para 2017, publicada el 12 de junio en el BOE, incluye esa posibilidad y define al «acompañante» de los beneficiarios como «la persona que participa en el turno acompañando a la persona con discapacidad beneficiaria y, en caso necesario, asistiéndola en las actividades de la vida diaria». «En este caso, su responsabilidad se limitará a la atención de la persona beneficiaria a la que acompaña», añade.
Finalmente, ha indicado que, hasta ahora, los programas de turismo y termalismo para personas jubiladas o mayores de 65 años beneficiarias consideraban posibles adjudicatarios de las plazas, como acompañantes, a cónyuges o parejas de hecho con independencia de su edad y situación, mientras que los programas de para personas con discapacidad solo consideraban la posibilidad de que los acompañantes pudieran optar a las plazas si las personas beneficiarias necesitaban asistencia para realizar las actividades de su vida diaria.