La Conselleria de Medi Ambient ha sancionado a una empresa -Agroforest, SL- con 50.000 euros de multa y la restauración del medio, por la tala 1.641 encinas en una finca de Bunyola (Mallorca), sin autorización y con finalidades comerciales, una actuación que ha afectado a 25 hectáreas.
Según ha informado en un comunicado la Conselleria, un agente de Medio Ambiente constató los hechos en marzo de 2015, cuando encontró a dos trabajadores de la empresa cortando encinas sin autorización, y contabilizó 181 taladas. Entonces, el agente decomisó y dejó en depósito los restos de madera y las ramas de encina que se encontraban en la zona afectada, si bien, cinco días más tarde, se constató que se habían talado más encinas, y en visitas posteriores se llegaron a contabilizar 1.641 encinas arrancadas en total.
Parte de la madera cortada ya se había retirado y el agente comprobó que se había destinado a la comercialización, vendiéndola a un mayorista de madera. Se calculó que la cantidad aprovechada era de unas 240 toneladas, con un precio de venta estimado de 28.710 euros. Además, la Conselleria explica que a eso se tiene que añadir la tasa que se ahorró el infractor que, en caso de que hubiera solicitado autorización para este aprovechamiento forestal, habría sido de 160,39 euros.
La empresa responsable no disponía de ninguna autorización de aprovechamiento forestal, aunque había tramitado una solicitud para talar 180 encinas y tenía el visto bueno para dos talas directas, de 35 encinas y 32 pinos, no relacionadas con la zona objeto de la denuncia. Asimismo, en el 2012 también había recibido la autorización para cortar 250 pies de encina.
La zona afectada está clasificada como zona de especial protección para las aves (ZEPA) y forma parte del Paraje Natural de la Serra de Tramuntana como zona de uso limitado por su Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN). Se trata también de un área natural de especial interés de alto nivel de protección (AANP), según el Plan Territorial Insular de Mallorca, y está clasificada como área de prevención de riesgos (APR) de erosión, desprendimientos e incendios. Forma parte, también, de los encinares protegidos por el Decreto 130/2001, de 23 de noviembre, por el cual se aprueba la delimitación a escala 1:5.000 de las áreas de encinar protegido.
Por ello, y para valorar el perjuicio al medio, se ha tenido en cuenta la incidencia de los hechos sancionados en la pervivencia y la estabilidad de la masa forestal, los riesgos de erosión y de incendio y el impacto sobre las especies que motivaron que esta zona formara parte de una ZEPA.
Dado que los daños significativos en el medio natural producidos por la tala de encinas sin autorización están acreditados y que esta actividad se llevó a cabo con finalidades comerciales, la infracción se ha calificado como grave.
Teniendo en cuenta, además, la intencionalidad y la reiteración del incumplimiento de las medidas cautelares impuestas del cese de la tala, la zona protegida donde ha tenido lugar, la falta de colaboración con la administración y la no adopción de medidas correctoras que minimicen los efectos perjudiciales sobre los recursos naturales, la multa se ha fijado en 50.000 euros.
Además, Agroforest, SL, como infractora, tendrá que reparar el daño causado o abonar el coste de reparación en la administración, para que lo haga de manera subsidiaria.