El Tribunal Constitucional ha hecho efectiva la suspensión de tres artículos de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de las Islas Baleares (AIA) tras su impugnación por parte del Consejo de Ministros en mayo pasado, ha informado el Govern balear.
Se trata de una decisión del ejecutivo de Mariano Rajoy que el Govern balear calificó de «centralista y burócrata».
La Conselleria de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca ha explicado este lunes en un comunicado que uno de los artículos suspendidos es el 9.4, sobre planes y programas excluidos de evaluación ambiental, que eximía determinados proyectos de este trámite si consistían en aumentar el nivel de protección como, por ejemplo, cambios de clasificación de suelo urbano en suelo rústico.
De hecho, el propio PP, ha recordado el presidente de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares, Antoni Alorda, enmendó la ley para ampliar la lista de excepciones durante la tramitación parlamentaria, pero finalmente «lo impugna y suspende, manteniendo un doble discurso diferente aquí y en Madrid».
La directiva europea, ha señalado Alorda, prevé que la normativa excluya de evaluación algunos planes porque se entiende que no tendrán efectos desfavorables para evitar «trabajar en vano y burocratizar la tramitación».
En opinión de Alorda, el Estado no reconoce las competencias en medio ambiente de las Islas Baleares establecidas en el Estatuto de Autonomía.
Otro de los artículos suspendidos es el 26.2, de nulidad del proyecto en caso de que el Estado no lo someta a consulta de la Comunidad Autónoma.
La ley estatal establece que los proyectos del Estado no deben someterse a evaluación autonómica pero se debe consultar a las comunidades, aunque no especifica las consecuencias de no hacerlo.
La ley autonómica fijaba la nulidad del proyecto pensando, por ejemplo, en las prospecciones petrolíferas. El Govern balear lamenta que el Estado se resista a clarificar esta consecuencia y remita su resolución a un eventual juicio.
El último artículo que el Constitucional ha suspendido es el 33.1, sobre tramitaciones de legalización.
A partir de ahora se abre un periodo de alegaciones en el que el Govern podrá pronunciarse sobre esta suspensión.
Por último, Alorda ha lamentado que el Estado no haya abierto conversaciones con las comunidades autónomas sobre la modificación de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental estatal que está tramitando.
A su parecer, sería un buen momento para mejorar la regulación de manera más eficiente y respetuosa con las competencias autonómicas, «siempre sin perjuicio» de las garantías de protección ambiental.