El juez de instrucción 1 de Palma, Juan Manuel Sobrino, ha confirmado este viernes la fianza de casi 3 millones de euros que fijó para los 82 controladores contra los que ordenó la apertura de juicio oral por el caos aéreo del puente de la Constitución de 2010.
«La cantidad de 3 millones de euros se puede hasta quedar corta», resalta el magistrado en un auto en el que desestima los recursos interpuestos por varios de los acusados contra la resolución de apertura de juicio que dictó el pasado mes de abril, unos recursos en los que consideraban injustificada la fianza.
Sobrino, que también desestima el recurso de la aseguradora Mapfre contra su procesamiento como posible responsable civil, censura que la defensa de los controladores «pone ahora el grito en el cielo» por la fijación de una fianza que «no se puede diferir más».
La caución debe servir para cubrir, en caso de que así lo determine el tribunal que juzgue el caso, tanto los perjuicios pecuniarios ocasionados por el bloqueo del transporte aéreo por el conflicto entre los controladores y Aena, como para alcanzar las posibles multas y cubrir costas que podrían ser cuantiosas «teniendo en cuenta el alto número de acusaciones particulares y populares, la complejidad de la causa y lo dilatado de la tramitación».
La cuantía de la fianza, cuya base es una estimación de 10.000 euros en concepto de daños morales para cada uno de los 279 perjudicados unidos en una acusación particular, no pes «descabellada, ni desproporcionada», a juicio del juez Sobrino, que alude a daños materiales por pérdida de viajes y pone el acento en perjuicios no materiales como la imposibilidad de acudir «a entierros de familiares o a una entrevista de trabajo».
«Con total desprecio a las personas, ya que conocían perfectamente» el elevado número de desplazamientos en el puente de la Constitución, «los acusados no tuvieron empacho en arruinar las vacaciones a millares de personas», destaca el juez, que añade que los perjudicados que ejercen la acusación particular son una mínima parte de quienes sufrieron el bloqueo del transporte aéreo.
«Tal vez los acusados -agrega el instructor- puedan estar alejados de la realidad cotidiana, pero es evidente que lo anterior (los perjuicios morales) no se paga con dinero, aunque, evidentemente, en sede judicial haya que cifrar en una cuantía económica esos daños».
El juez ha dictado otro auto relativo al incidente de nulidad presentado por un grupo de controladores acusados que considera que el hecho de que se les atribuya un delito de sedición hubiera obligado a instruir el caso por el procedimiento de sumario ordinario, y no por el procedimiento abreviado que se ha aplicado.
El magistrado entiende que la presentación de este incidente es «un nuevo intento de parte de retrasar la tramitación» de la causa «utilizando los mecanismos que el derecho pone a su disposición de forma torticera».