Un nuevo auto del Juzgado Contencioso Administrativo número 3 requiere al Ajuntament de Palma para que cumpla la prohibición de que los taxis aparquen en la zona de la calle Mirador, con apercibimiento de imponerle multas coercitivas o de dar cuenta a la jurisdicción penal.
Exactamente, el auto exige que, «en el plazo de un mes», se dé cumplimiento a lo acordado en el auto del 28 de diciembre de 2016 por el que se ordena a Cort a que «lleve a cabo la actividad que sea necesaria para que sea respetada la señalización existente en la calle Mirador, adoptando las medidas procedentes para impedir que la misma sea usada como parada de taxis».
Para garantizar el cumplimiento de la resolución judicial, el nuevo auto, fechado el 7 de abril, advierte de la posible adopción de medidas como la imposición de multas coercitivas de 150 a 1.500 euros a las autoridades, funcionarios o agentes que la incumplan e, incluso, la exigencia de responsabilidades penales.
El Ajuntament alegó que no cabe ejecución forzosa, ya que «la corporación municipal ha dejado sin efecto la autorización realizada el 1 de junio de 2015». Pero el juzgado entiende que el auto «no puede considerarse cumplimentado mediante la revocación de la autorización» que, recuerda, no es la actividad impugnada.