La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que preside la magistrada Garbiñe Biurrun, dictó el 18 de octubre una sentencia que puede cambiar en profundidad el panorama sociolaboral estatal ya que generaliza el principio de no discriminación entre contratos temporales y fijos.
En Balears aún no se ha producido ninguna sentencia en este sentido y los sindicatos tampoco tienen constancia de que se haya presentado demanda alguna en estos términos.
20 días por año
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) elevó a 20 días de salario por año de servicio la indemnización por la extinción de un contrato de trabajSalao de investigación de una trabajadora, que recibió una compensación de 12 días tras tres años de contrato y recurrió ante la Justicia. Por su parte, el Tribunal Europeo concluyó que la legislación española es discriminatoria con los empleados temporales porque no equipara las indemnizaciones por despido a las de sus homólogos fijos, es decir, de 20 días por año trabajado. En la práctica, este pronunciamiento supone igualar los costes por despido de los trabajadores temporales con los de los fijos.
Diálogo
La patronal que preside Carmen Planas no se pronunció ni a favor ni en contra del fallo de las sentencias y sus posibles consecuencias y mostró su apoyo a la iniciativa adoptada por CEOE, CEPYME, CCOO, UGT y el Ministerio de Empleo y Seguridad Social a estudiar con más profundidad las sentencias y elaborar una propuesta en el marco del diálogo tripartito con el objetivo de «tanto garantizar la seguridad jurídica de las empresas como a reforzar la estabilidad de los trabajadores».