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Caso Palma Arena

Castro mantiene la imputación de Rafael Durán

Rafael Durán. | Pere Bota

| Palma, Mallorca |

El juez instructor del caso Palma Arena, José Castro, ha rechazado archivar la imputación por malversación y fraude del exportavoz del PP en el Ayuntamiento de Palma Rafael Durán así como de otros dos encausados en el marco de la pieza 18 de la causa, centrada en el presunto sobrecoste en la adjudicación del videomarcador del Palma Arena, que ascendió a 1,9 millones de euros.

Mediante un auto, el magistrado ha desestimado el recurso de reforma que interpuso Durán contra la resolución con la que el pasado mes de mayo ponía fin a la instrucción de estas diligencias y daba paso a las acusaciones para que concreten sus peticiones de pena para los investigados en esta causa o, por el contrario, soliciten el archivo de la misma.

Del mismo modo, el titular del Juzgado de Instrucción número 3 ha acordado mantener la imputación del exdirector general de Deportes José Luis 'Pepote' Ballester y del propietario de la agencia Nimbus, Miguel Romero, al considerar que existen «indicios suficientes» sobre su participación en las presuntas irregularidades cometidas, «al menos como para brindar al Ministerio Fiscal y a la acusación particular el posicionarse sobre la procedencia o improcedencia de presentar escrito de acusación».

En el caso de Durán, Castro ha admitido a trámite el recurso de apelación que interpuso el exdirigente 'popular' en caso de que el de reforma -directamente ante el Juzgado- le fuese desestimado, por lo que será elevado en breve a la Audiencia Provincial de Baleares de cara a su resolución.

En su impugnación, la defensa de Durán, ejercida por el letrado José Ramón Orta, se oponía a los argumentos expuestos por Castro para mantener su encausamiento y recriminaba que «se haga lo que se haga se es culpable, aunque no se haya intervenido».

El abogado de Durán, quien presidía la Junta del Consorcio para la construcción del Palma Arena, defiende la legalidad del procedimiento por el que fue adjudicado el videomarcador y, respecto al hecho de que dos empresas del mismo grupo concurrieran al mismo -Smartvision (la concesionaria) y Odeco-, subraya que el concurso era abierto por lo que, de acuerdo a la Ley aplicable entonces, podían haber presentado oferta «todas las empresas del mundo sin que se pudiera restringir su participación».

«Si este concurso se hubiera querido corromper de algún modo, existían dentro de la legalidad vigente formas que permitirían restringir o anular la libre concurrencia», asevera el abogado de Durán, quien señala que no sucedió así en este caso puesto que «se optó por el proceso de adjudicación más limpio, transparente y que mejor garantizaba la libre concurrencia».

El letrado asegura así desconocer «qué tipo legal infringe el hecho de que un grupo empresarial pueda presentarse a un concurso con diferentes empresas de su propiedad», una circunstancia que «se da diariamente en todas las mesas de contratación». De hecho, alude al grupo ACS, perteneciente a Florentino Pérez, como ejemplo de ello y señala que por el hecho de que éste concurra con distintas empresas de su conglomerado «no implica que los concursos estén amañados o corrompidos».

Durán fue además interrogado por Castro el pasado mes de marzo, siete años después de ser detenido en la operación policial que dio impulso a esta causa. El arresto, producido en agosto de 2009 junto al de otros cuatro exaltos cargos y empresarios, generó una amplia expectación -permaneció tres días en los calabozos, el plazo máximo legal en la que una persona puede estar detenida antes de ser puesta a a disposición judicial- y le llevó semanas después a dimitir del cargo. Desde entonces no había sido citado a declarar.

Junto a Durán, Ballester y Romero, también continuará el proceso penal contra el exdirector gerente del Consorcio para la construcción del Palma Arena Jorge Moisés; Sebastià Rotger, técnico de la instalación eléctrica del velódromo, y los empresarios Juan Carlos Rovira y Juan Arroyo.

Las investigaciones se centran en las condiciones en las que fue adquirido el dispositivo electrónico y si se produjo un trato de favor hacia la empresa beneficiaria del proceso de adjudicación, Smart Vision, dentro del proceso de contratación al que también concurrió la empresa Odeco -vinculada a la concesionaria- así como otras tres mercantiles.

El juez señala cómo al margen de la licitación para la construcción del velódromo, considerada la infraestructura 'estrella' durante la última legislatura de Jaume Matas (2003-2007), se tramitó independientemente la de los videomarcadores como un concurso ordinario abierto cuya resolución, el 11 de diciembre de 2006, recayó en manos de Smart Vision por un total de 1.992.200 euros.

Según Castro, «en realidad el número de empresas licitadoras era menor que el que se aparentaba» ya que, por una parte, a una de las mercantiles que concurrió, Mitsubishi Electric, «se le hizo la vida imposible para que quedara fuera del concurso» mientras que el empresario Juan Carlos Rovira representaba a la vez a Smart Vision y a Odeco, para lo cual presentó «dos propuestas exactamente iguales» para ambas entidades, una desde Francia y otra desde Badalona.

Dos ofertas que, añade, constaban de la misma fecha «pero ambas agraciadas con el don de la ubicuidad de su firmante, modificando únicamente el importe de lo ofertado en la propuesta de licitación y el nombre del ofertante».

«Tan rigurosamente iguales eran sus ofertas que, puestas a contraluz, coincidían milimétricamente y milagrosamente en los conceptos a pesar de que se decían confeccionadas en lugares distintas y distantes», asevera, descubriéndose que la empresa que resultó favorecida con la adjudicación, Smart Vision, era filial de la también concursante Odeco, con la que compartía órganos de gobierno, «revelándose también que ésta pidió a aquélla que concurriera al concurso».

TRES FACTURAS SIN PREVIO EXPEDIENTE QUE LAS AUTORIZARA

Según abunda el instructor, además de la concesión se localizaron otras tres facturas -por importe de 158.924, 63.760 y 42.580 euros- por cambios de módulos estructurales, asistencia en montaje y mejoras técnicas que «se llegaron a pagar sin previo expediente administrativo que lo autorizara» y siendo su pago decidido por SebastiÃñ Rotger, técnico «carente de todo tipo de representatividad en el Consorcio y con el beneplácito de Jorge Moisés».

Es más, subraya el juez, fue hallada otra factura emitida por la empresa Promarca contra la empresa de los arquitectos Jaime y Luis García-Ruiz y posteriormente pagada por el Consorcio, por el concepto 'gastos de desplazamiento para la reunión técnica con la empresa Odeco de Barcelona».

«Es decir, mucho antes de que finalizase el plazo de presentación de solicitudes y a los pocos días de que el concurso se publicase en el Diario Oficial de la Unión Europea ya existió una reunión en Barcelona, precedida de otras en Madrid y en Palma, con un directivo de Odeco que, como se deja dicho, es la misma empresa que Smart Vision, ganadora de la reunión», incide Castro.

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