El titular del Juzgado de Instrucción número 11 de Palma, Juan Ignacio Lope Sola, ha declarado compleja la causa que investiga presuntos delitos de malversación, prevaricación y falsedad documental por parte del actual gerente de la Orquestra Simfònica de Balears, Marcelino Minaya, su antecesor en el cargo, Gregorio Marcus Bárbara, y la jefa de Administración, Ruth Sardon, a raíz de la supuesta ocultación, durante seis años, de los pagos por duplicado que esta última habría percibido desde 2008.
Mediante un auto al que ha tenido acceso Europa Press, el juez admite de este modo la petición efectuada por la acusación particular, ejercida por la propia Orquestra, y ha acordado ampliar el plazo de instrucción del caso en 12 meses más. La Fiscalía presentó recientemente un escrito en el que no se oponía a esta solicitud.
Se trata, por tanto, de uno de los primeros procedimientos judiciales en ser declarados complejos en Balears tras la última reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim), que establece seis meses como plazo máximo para instruir las causas consideradas simples y 18 para la investigación de los procedimientos complejos.
En la denuncia que el magistrado admitió a trámite en mayo del pasado año, los integrantes del también conocido como Consorcio para la Música de Balears ponen de manifiesto cómo desde 2008 la responsable de Administración -cargo de libre designación por parte del gerente- percibía por duplicado el complemento correspondiente a la jefatura de su departamento, puesto que en lugar de percibir los 592 euros mensuales establecidos legalmente, cobraba hasta un total de 1.126.
Unos hechos que fueron denunciados en su día ante Inspección de Trabajo, que determinó que Sardon estaba percibiendo «de forma injusta» unos importes superiores a los pactados, una práctica que, según el escrito, «había venido sucediendo en el tiempo desde el año 2008 si bien hasta 2014 se había procedido a ocultar el cobro por duplicado de los complementos».
La denuncia, suscrita por el abogado Francisco José Pérez, incide en que entre 2008 y 2013, en la tabla salarial que desde gerencia, tras su elaboración por el departamento de Administración, se remitía al comité de empresa, «no constaba en lugar ni modo alguno» que se abonasen de forma indebida los complementos «pues en dichas tablas sólo figuraba un abono, y no la realidad de sus emolumentos».
Es más, recalca que no existe acta alguna de que el gerente hubiese aprobado el incremento salarial, que «carece de todo respaldo legal». Tampoco, añade, la duplicidad de las retribuciones ha sido aprobada en mesa negociadora ni en la comisión paritaria del Consorcio.
«Además, el hecho de que desde 2008 se haya ocultado el abono del duplicado de esos complementos acredita aún más la ilegalidad de los mismos, pues se precisó de la confección de unas tablas salariales inciertas y falsificadas durante más de un lustro», agrega el escrito.
Es por todo ello que, entre los delitos denunciados, la Orquestra apunta a la malversación de dinero público por cuanto éste «se detrayó de su legal destino y previsión, pasando a incrementar el patrimonio» de la denunciada.
En este sentido, el abogado considera «imposible cabal y racionalmente que la jefa de Administración -encargada de la configuración de las tablas salariales y que tiene bajo sus competencias la elaboración de las nóminas, presupuestos y demás documentos de carácter económico administrativo- hubiera podido actuar sin la anuencia o el consentimiento de su máximo superior (el gerente), máxime cuando el puesto de jefa de Administración es concedido por gentil gracia de éste».
«Concierto de voluntades»
De este modo, denuncia cómo la responsable, «en connivencia y concierto de voluntades con el anterior y el actual gerente destinó parte del presupuesto del CMIB» -presupuesto público al estar conformado el organismo por miembros del Consell de Mallorca, Ajuntament de Palma y Govern, que financiaban prácticamente la totalidad de la Orquestra- «a remunerar de forma subrepticia, oscura e ilícita a la jefa de Administración».
Es más, hace hincapié en el hecho de que el actual gerente no haya actuado tras el informe de Inspección de Trabajo, puesto que «ni ha suprimido esa duplicidad de emolumentos, ni ha instado Expediente de Reintegro de Haberes Inducidos como permite la legislación».
Decisión «delictiva»
En cuanto al supuesto delito de prevaricación, señala cómo los denunciados «permitieron que la duplicidad se produjera durante más de siete años» y «permitieron que la situación se prolongase en el tiempo al no hacer nada por remediarla ni paliarla» pues, cuando los hechos fueron reflejados en el informe de Inspección de Trabajo, «toleraron que todo continuara invariable».
«Todo lo acaecido no responde más que a la decisión de favorecer de forma injustificada y delictiva» a la denunciada, «en detrimento del fisco público», añade el abogado, precisando que no existe ningún marco jurídico que avale lo sucedido pues los actos administrativos denunciados «se alejaron del interés general al que todo acto de la Administración está sometido».
Finalmente, en lo que a la falsedad documental se refiere, el letrado justifica que las tablas salariales «contenían datos falseados voluntariamente» al ocultar la verdadera remuneración, «en aras a invisibilizar la conducta delictiva habida e impedir que el comité de empresa así como el resto de integrantes del Consorcio pudieran apercibirse del delictivo proceder que estaban ejecutando los denunciados y, por ende, se impedía que se denunciase el mismo».