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Elegidos los 3.000 candidatos a formar parte de los tribunales del jurado en 2015 y 2016

| Palma |

La Audiencia Provincial de Palma ha celebrado este lunes el sorteo bianual de los candidatos que podrán ser designados para formar parte de un tribunal del jurado en los juicios que sean juzgados mediante esta fórmula durante 2015 y 2016. Un total de 3.000 personas han sido elegidas del listado del censo electoral.

En concreto, el sorteo se ha realizado a través de un sistema informático, con el que ha sido elegido un número (el 62,38) que ha servido como variable para la elección de los 3.000 aspirantes entre el censo de 741.283 mayores de 18 años. Los seleccionados podrán ser convocados para formar parte de los tribunales del jurado durante los dos años de vigencia de la lista.

Los candidatos recibirán en la segunda quincena de octubre una carta en sus domicilios notificándoles que han sido seleccionados, abriéndose entonces el plazo por si alegan causas legales de abstención o excusa. El desempeño de la función del jurado es obligatoria, siempre que no se incurra en alguna de las causas legales de incompatibilidad, incapacidad o falta de requisitos.

El acto ha sido público y ha tenido lugar en las dependencias del Tribunal del Jurado. Ha sido presidido por el presidente de la Audiencia, Carlos Gómez, y al mismo ha asistido el delegado provincial del Censo Electoral, Joan Pons.

En concreto, ya en cada uno de los juicios que se celebren, serán seleccionados 36 candidatos a formar parte del tribunal, de los que quedarán 20 que irán a la vista. Sin embargo, serán finalmente 11 los jurados que queden, de los que nueve deberán estar presentes en el juicio y dos restarán como suplentes.

LOS DELITOS COMPETENCIA DEL JURADO POPULAR

Cabe señalar que el tribunal del jurado tiene como función emitir el veredicto en los juicios por delitos de homicidio, amenazas, omisión del deber del socorro, allanamiento de morada, incendios forestales y aquellos cometidos por los funcionarios en el ejercicio de sus cargos.

Mientras tanto, es el presidente del tribunal el que decide, tras el juicio, sobre la absolución del acusado o su condena, y en este caso sobre las penas a imponer.

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