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El comercio pide que también se regule la venta de productos artesanos y agrarios

SINEU. MERCADOS. VENTA DE PRODUCTOS DEL CAMPO EN EL MERCADO DE SINEU. | M. MARTIN

| Palma de Mallorca |

La Confederación Balear de Comercio (CBC), que integra a las patronales del pequeño y mediano comercio de las Islas, quiere que la nueva ley del sector también regule la actividad comercial de productos agrícolas y artesanales. Así figura en las alegaciones que la CBC ha presentado al anteproyecto de Ley de Comercio, a pesar de que el conseller d'Economia, Joaquín García, consensuó el texto con los agentes implicados.

En concreto, la ley excluye la regulación de la venta hecha por fabricantes, dentro de su propio recinto industrial, de los residuos y subproductos obtenidos en el proceso de producción, a menos que éstos se dirijan a consumidores finales. Tampoco regula la venta directa de los productos agrícolas, ganaderos y forestales hecha por los titulares de las explotaciones así como su transformación, ni la venta hecha por artesanos de sus productos en sus talleres de producción.

Sin embargo, desde la CBC consideran que las citadas actividades pueden calificarse como actos propios del comercio y que la Ley conceptualiza como actividad comercial, por lo que entienden que su exclusión «no se justifica de ninguna de las maneras». En este sentido, recuerdan que lo que dispone la exposición de motivos, relativa a conseguir una regulación clara, precisa y sistemática de la actividad del comercio mayorista y minorista de Balears.

Las patronales del pequeño y mediano comercio apuestan, además, por la necesidad de regular de «manera clara y sistemática» la actividad comercial e impedir que a través de regulaciones ajenas a la ordenación comercial, «la actividad del sector quede desvirtuada».

Unidad

Por ese motivo apuestan por la unidad de acción y proponen que el Govern, «previa consulta a la comisión asesora de comercio, puede dictar las disposiciones reglamentarias necesarias para aplicar las condiciones específicas para ordenar las actividades antes descritas y que pueden estar afectadas por otras órdenes sectoriales».

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