Banesto tendrá que reintegrar 626.138 euros, más los intereses legales, a la Fundación Beneficiencia Particular Alzina, con sede en Inca, tras la sentencia dictada por la Sección Tercera de la Audiencia de Palma, que condenó a la entidad bancaria por no informar de forma correcta sobre un producto financiero ‘tóxico'.
El tribunal revocó una sentencia dictada en abril de 2013 por el Juzgado de Primera Instancia 1 de Palma y dio la razón a la Fundación, que invirtió todo su patrimonio dinerario en participaciones preferentes Lehman Brothers.
Demanda
El juzgado había estimado en parte la demanda de la Fundación al condenar a Banesto a devolver la mitad de las sumas invertidas por la entidad benéfico-asistencial, creada en 1980 por Antònia Alzina i Llabrés con el objetivo de construir una residencia para ancianos en la finca Son Bordils de Inca.
La Audiencia ha estimado de forma íntegra el recurso de apelación interpuesto por la Fundación, defendida por la letrada Caterina Isern, del bufete Zaforteza, y ha desestimado el recurso de apelación de Banesto, condenando, además, a la entidad al pago de las costas del proceso. La Audiencia declara nula la compraventa de participaciones preferentes Lehman Brothers por error en el consentimiento de la Fundación. Quedó acreditado, según el tribunal, que Banesto «incumplió su especial obligación de información que le imponía la normativa del sector, con arreglo a los estándares de transparencia exigidos por el legislador».
La sentencia ha declarado acreditado que Banesto no informó a la Fundación Alzina suficiente, correcta, clara, precisa, suficiente y entregada a tiempo para que ésta conociera y valorara correctamente lo que realmente estaba adquiriendo.
«Banesto provocó un error esencial e inexcusable respecto del objeto del contrato», precisan los magistrados.