La 'ley Montoro' apenas afectará a los consells y estas instituciones no se verán finalmente obligadas a devolver al Govern parte de las competencias en materia de bienestar. Los cambios se aprobarán hoy en el Senado, gracias a un acuerdo de los senadores por Balears Francesc Antich (PSIB) y Josep Sala (PP).
El pacto permitió sacar in extremis una enmienda transaccional para que garantiza que, en el caso de los consells, se les aplicarán los términos previstos en la legislación específica, es decir, el Estatut y la ley de Consells.
Esta enmienda salvaguarda las singularidades de las instituciones insulares, que no serán tratadas como administración de régimen local, sino que tendrán las características de administración autonómica.
Los cargos
Una de las consecuencias más directas de esta modificación es que queda garantizado en cualquier caso que los altos cargos de la institución no deberán ser funcionarios de carrera del grupo A1, como sucedía en el texto original. Al permitir que las instituciones insulares se rijan por la legislación específica aprobada para ellos se consigue que queden al margen de estas disposiciones pensadas para ayuntamientos y diputaciones. Si el texto original hubiera salido adelante, tan sólo tres de los más de 20 altos cargos que hay en el Consell podrían ocupar sus puestos en la próxima legislatura.
Sueldo
Otra de las modificaciones que aprobará el Senado afectan a los baremos que se seguirán para calcular el sueldo de los presidents de consells. Para calcular el sueldo, se partirá del que tenga el alcalde de la capital de provincia. Para Palma se ha fijado un límite máximo igual al de un secretario de Estado (unos 100.000 euros) menos un diez por ciento.
La presidenta del Consell de Mallorca cobrará el cien por cien de lo que cobre el alcalde de Palma, mientras que los de Menorca y Eivissa podrán cobrar el 70 por ciento del límite máximo del alcalde. En el caso del president de Formentera, el sueldo máximo será la mitad que el alcalde Palma.