Síguenos F Y T L I T R

El exsocio de Urdangarin se defiende citando la sentencia que condenó a Matas

Diego Torres invoca la resolución de la Audiencia respecto a la prevaricación

DiegoTorres regresa a Menorca a la espera del juicio contra él y el duque de Palma. | Redacción Local

|

El exsocio de Iñaki Urdangarin en el Instituto Nóos, Diego Torres, ha invocado la sentencia dictada por la Audiencia de Palma que condenó a Jaume Matas a cinco años y nueve meses de cárcel por una de las piezas del ‘caso Palma Arena' en el desarrollo de sus argumentos de defensa para oponerse a la fianza civil de 8,2 millones de euros solicitada por el fiscal anticorrupción Pedro Horrach.

Manuel González Peeters, letrado de Torres, se refiere en concreto al delito de prevaricación y reproduce parte de los argumentos expuestos por la magistrada Margarita Beltrán, ponente de la sentencia y presidenta de la Sala de la Audiencia de Palma que condenó al expresidente del Govern.

La sentencia «dice que el delito de prevaricación tutela el correcto ejercicio de la función pública de acuerdo a parámetros constitucionales que orientan la actuación de ésta», señala el abogado de Torres.

Parámetros

Esos parámetros, «son tres», recuerda el letrado, citando el el fundamento primero de la sentencia de la Audiencia: «Servicio prioritario a los intereses generales, sometimiento pleno a la Ley y al Derecho y absoluta objetividad en el cumplimiento de sus fines».

Añade que, siempre según esa resolución, «la sanción de la prevaricación garantiza el debido respeto, en el ámbito de la función pública, el principio de legalidad como fundamento básico de un Estado social democrático de Derecho, pero únicamente frente a ilegalidades severas y dolosas, para respetar el principio de intervención mínima del ordenamiento penal».

Por ello, el abogado pregunta si Diego Torres era autoridad o funcionario público, y se responde el mismo con un rotundo «no».

Sujeto activo

«Luego si Diego torres no era autoridad ni funcionario público es evidente que ni era, ni podía, ni puede ser, sujeto activo, lo que le excluye de la oportunidad de ser o poder ser autor de un delito de prevaricación o de claquier otro delito que exija la condición de autoridad o de funcionario público», señala el escrito del letrado.

El escrito de oposición a la fianza civil solicitada por la Fiscalía Anticorrupción cita, asimismo, abundante jurisprudencia en defensa de sus argumentos.

Lo más visto