El titular del Juzgado de Instrucción 2 de Palma, Pedro Barceló, ha declarado la nulidad del auto redactado por el juez sustituto Francisco José Pérez en el que imputaba en el 'caso Ibatur', entre otros, al expresident del Govern Jaume Matas y al exdelegado del Gobierno en Balears José María Rodríguez.
«El auto está mal hecho, no se ajusta a las normas del procedimiento y causa indefensión», señala la resolución del juez Barceló.
La Fiscalía Anticorrupción, no obstante, se opone a la nulidad del auto y mantiene que Matas, Rodríguez y los empresarios Ángel Navarro y Juan José Trobat deben mantener su condición de imputados en la causa en la que se investiga un supuesto desvío de dinero público en las ferias turísticas. El fiscal Juan Carrau solo pide al juez que aparte del 'caso Ibatur' a una de las inculpadas por el juez sustituto, Damiana Isern, empleada de la Conselleria de Turisme.
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El polémico auto fue recurrido por la Abogacía de la Comunitat Autònoma y los abogados defensores, entre ellos, Josep Zaforteza y Jaime Campaner.
Además, uno de los letrados, Santiago Rodríguez Miranda planteó una cuestión de competencia con el Juzgado de Instrucción 3 en el que se investiga el 'caso Over'. El magistrado Pedro Barceló critica con dureza al juez sustituto por haber «dictado un auto muy complejo (la causa consta de 23 tomos), sorprendentemente en tan sólo 24 horas», señala.
Tras dictar el polémico auto, el juez decano de Palma Francisco Martínez decidió abrir diligencias informativas a Francisco José Pérez. «Ha terminado (el juez suplente) un auto de unas catorce páginas con una redacción precipitada y poco cuidada, amén de su inadecuado contenido», subraya el titular del Juzgado de Instrucción 2 de Palma.
Y añade: «Tanto en el fondo como la forma del auto recurrido fuerzan a declarar su nulidad... ya que la resolución se aparta de las prescripciones de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y del artículo 24 de la Constitución al causar indefensión a las personas que se procede a imputar».
También, el juez Barceló afirma que las imputaciones «no se efectúan como lo ha hecho el auto discutido, cuya redacción se asemeja a un auto de procesamiento exclusivo del procedimiento del sumario». «Ello es así porque en la parte de razonamiento se atribuyen de forma a los que se van a declarar imputados unas conductas que son penalmente punibles, haciéndola en ocasiones de manera indiciaria y en otras no tanto, pues van más allá de los meros indicios o sospechas ya que parecen propios de una sentencia condenatoria», indica.
El juez subraya que una vez resuelta la cuestión de competencia planteada, decidirá sobre la petición del fiscal de que se mantenga la imputación a Matas, Rodríguez, Trobat, Navarro, y también, el dueño de Over Marketing, Daniel Mercado, cuestión que fue omitida por el juez sustituto.