Más de 1.000 empleadas del hogar de Balears que trabajan en distintas casas (de forma discontinua) pueden quedarse sin Seguridad Social si las personas para las que trabajan no regularizan su situación durante la prórroga que tienen sus empleadores durante estos ocho primeros días de julio, aunque el plazo oficialmente concluyó el día 30 de junio.
La media de afiliados como trabajadores del hogar era en mayo de este año de 9.786,71, de las cuales 4.158,04 ya están cotizando en el Sistema Especial para Empleados del Hogar ahora incluido en el Régimen General; 3.681,45 todavía cotizaban como Régimen Especial del Hogar (a extinguir) con carácter continuo y estas pasarán automáticamente, a partir del 1 de julio, al Régimen General.
Reforma
Las empleadas del hogar cobrarán en efectivo al menos el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y por debajo de esta cantidad no será posible realizar descuento alguno por pagos en especies o en concepto de manutención y alojamiento, retribuciones que en cualquier caso no podrán superar el 30% del total. Hasta la entrada en vigor del decreto a las empleadas del hogar se les podía descontar hasta el 45% del salario mínimo, que asciende a 641,40 euros al mes, en concepto de manutención y alojamiento.
Todas las personas que tengan empleadas del hogar, con independencia de que la jornada de trabajo sea a tiempo completo o por horas y de que se tengan uno o varios empleadores, quedarán incluidos en el registro de empresarios de la Seguridad Social.
Se cotizará desde la primera hora de trabajo, al margen de cuantas horas se trabaje al mes y para cuántos empleadores.
Pero para ello las personas que las tienen empleados de hogar han tenido que rellenar una serie de formularios y posteriormente entregarlos a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social para regularizar la situación.
Se han fijado un total de 15 tramos de cotización (tal y como puede reflejado en el gráfico adjunto) en base a la retribución mensual. El tipo de cotización para contingencias comunes para 2012 es del 22%, siendo el 18,30% pagado por el empleador y el 3,70% restante a cargo del empleado.