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Reforma laboral: ¿Arreglo o agravamiento del paro?

La secretaria de Estado de Empleo, Engracia Hidalgo (1i) y la ministra de Empleo, Fátima Bañez (2i) frente al secretario general de CCOO, Ignacio Fernández Toxo (1d), el secretario general de UGT, Cándido Méndez (2d) y los presidentes de CEOE, Joan Rosell (3d) y el de CEPYME, Jesus Terciado (4d), al inicio de la reunión de hoy, 13 de febrero de 2012, en la que les van a informar sobre la reforma laboral, aprobada por el Gobierno, el pasado viernes. | Efe

| Palma de Mallorca |

La ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Bánez afirmó, el viernes 10 de febrero, tras la aprobación de la reforma laboral por parte del Consejo de Ministros que está reestructuración del mercado laboral supone «un antes y un después» en las relaciones laborales en España. Estos son algunos de los puntos claves de la reforma del Gobierno de Mariano Rajoy. Hoy se celebra en Palma una manifestación en protesta de estas medidas.

Contratación
Contrato indefinido para apoyo a los pequeños empresarios
Se crea una nueva modalidad de contratación para las pequeñas y medianas empresas y autónomos con empresas de menos de 50 trabajadores. El periodo de prueba de este tipo de contrato es de un año, durante el que se podrá prescindir del trabajador sin ningún tipo de indemnización. El empresario tendrá una deducción fiscal de 3.000 euros cuando contrate a su primer trabajador, siempre que este tenga menos de 30 años. Los que contraten a un parado podrán deducirse fiscalmente el 50% de la prestación por paro que viniera cobrando el trabajador y, por su parte el trabajador podrá percibir, junto con su salario, el 25% de la prestación por desempleo que estaba cobrando antes de ser contratado.

Temporalidad
Se limita el encadenamiento de contratos
A partir del 31 de diciembre de 2012 se recupera la prohibición de encadenar contratos temporales durante más de 24 meses seguidos. En la reforma anterior la probición se iniciava el 30 de junio de 2013.


Tiempo parcial
Se modifican los contratos a tiempo parcial
Con la reforma se modifican este tipo de contratos para intentar que los trabajadores puedan compatibilizar el empleo con los estudios y con su vida familiar. El Gobierno reserva este tipo de empelo en contratos de hostelería para afrontar «picos de trabajo durante determinados periodos», caso de la temporada turística en el mercado laboral balear.

Comunidad
Parados con prestación trabajarán a beneficio de la comunidad
La nueva norma prevé que los parados inscritos en las listas del Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) y que estén cobrando la prestación puedan realizar «servicios de interés general en beneficio de la comunidad a través de convenciones con las Administraciones», especifica el texto.


Despido improcedente
Se extiende la indemnización de 33 días por año trabajado
La reforma generaliza la indemnización por despido improcedente para el contrato indefinido de 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Se respetarán los derechos adquiridos de los contratos antiguos, de 45 días por de indemnización, se les aplicará la nueva compensación solo en el periodo de tiempo desde que ha entrado en vigor la norma. Estos contratos conservan el límite de 42 mensualidades de indemnización. Es decir el trabajador percibirá, 45 días por año trabajado con un máximo de 42 mensualidades y, por la otra, 33 días por año con un máximo de 24 meses.

Causa económica
Despidos a 20 días por año con un máximo de 12 meses
Despedir por causas económicas ahora es más fácil. Se pagarán 20 días por año con un máximo de 12 meses cuando la empresa alege causas económicas para despedir al trabajador, bastan tres trimestres de caídas de ventas, tanto individuales como colectivos a través de un Expediente de Regulación de Empleo (ERE), que ya no necesitarán autorización previa. La empresa puede alegar una situación económica negativa, como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos o de ventas.

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