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El Supremo condena al Govern a pagar 34 millones a una promotora a la que impidió edificar

Vista de los terrenos donde S'Almudaina Dos pretendía construir una urbanización de lujo en el Port d'Andratx. | Michel's

| Palma-Port d'Andratx |

Diez años de pleitos entre el Govern y la urbanización S'Almudaina Dos SA han finalizado con la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo en la que condena al Ejecutivo a indemnizar con 34 millones de euros a la promotora por impedirle construir en unos terrenos de su propiedad en el Port d'Andratx.
El Govern, entonces presidido por Francesc Antich, para aplicar la Ley de Espacios Naturales (LEN) -entró en vigor el 9 de marzo de 2000- desclasificó los terrenos de la empresa al incluirlos en «área de interés paisajístico», a pesar de que la urbanización estaba permitida en el Plan Parcial.
La sentencia del Supremo confirma la dictada en 2006 por el Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB), que también había dado la razón al promotor en parte, ya que éste reclamaba una cantidad muy superior a los 34 millones de euros en concepto de perjuicios ocasionados con el cambio de normativa.
Recurso «confuso»
La resolución, de la que fue ponente el magistrado Santiago Martínez Varez critica el recurso de casación interpuesto por la abogacía de la Comunitat Autónoma, porque «adolece de una indudable confusión en su planteamiento». «El recurso no puede prosperar», señala la sentencia del Supremo. «En primer término, y no deja de ser sorprendente, ya que no es un error de cita, sino una invocación de preceptos para fundar un recurso, se mencionan como infringidos artículos de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881 y no de la vigente Ley 1/2000 de 7 de enero, preceptos los que se citan que carecen de razón de ser en relación con lo que pretende ser el objeto del recurso», añade.
Los servicios jurídicos del Govern también habían recurrido la sentencia el TSJB por contener la misma «un vicio de incongruencia», cuestión que rechazan de plano los magistrados del Supremo.
«La sentencia cumple con lo que exigen al tribunal los artículos 33.1 y 67.1 de la Ley de Jurisdicción, en tanto que juzgó dentro del límite de las pretensiones de las partes y de los motivos en los que fundaban el recurso y la oposición, y resolvió todas las cuestiones controvertidas en el proceso», señala el Alto Tribunal.
Tanto el Govern como el Supremo reconocieron el «abuso de derecho» que se produjo al desclasificar los terrenos al incluirlos en la LEN, y por ello, fijaron la millonaria indemnización.
El Supremo, asimismo, condena al Govern y a S'lmudaina Dos al pago de las costas del proceso.

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