El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha rechazado hoy asumir la investigación sobre el proyecto de la ópera de Palma, que el expresidente balear Jaume Matas encargó al arquitecto Santiago Calatrava, porque no se han pedido medidas contra el diputado autonómico Francesc Fiol (PP).
El juez del «caso Palma Arena» elevó el caso al TSJB indicando que el fiscal y la letrada de la Comunidad Autónoma habían anunciado que solicitarían «en el momento oportuno» la imposición de una fianza por responsabilidad civil para Fiol.
Sin embargo, según ha señalado el Tribunal Superior, «mientras esa petición no se haya planteado y se conozcan su contenido, alcance y fundamentos, no procede asumir el conocimiento de las actuaciones».
El pasado 4 de marzo, el juez del «caso Palma Arena» elevó al Tribunal Superior de Justicia de Balears la pieza sobre el proyecto de la ópera de Palma para que se investigara al diputado autonómico del PP, que fue conseller de Cultura i Educació en el Govern de Matas cuando se pagó al arquitecto valenciano Santiago Calatrava por el proyecto que hizo de una ópera para Palma.
En esta causa, y a petición del fiscal, el magistrado ha impuesto una fianza civil de 1,6 millones de euros para Jaume Matas por su implicación en la pieza separada que investiga el proyecto de una ópera en Palma concedido a Calatrava.
Abstenciones
En la resolución de este asunto, la sala de lo civil y penal del TSJB, compuesta por los magistrados Antonio J. Terrasa, Javier Muñoz y Fernando Socías, ha acordado en primer lugar aceptar la abstención planteada por los magistrados Antonio Capó Delgado y Felisa María Vidal Martínez.
En el caso de Antonio Capó, su abstención se ha debido a que fue el presidente de la Junta Electoral que el 1 de mayo de 2007 prohibió la presentación pública en periodo electoral del anteproyecto de construcción de la ópera, mientras que Felisa Vidal fue directora de los Servicios Jurídicos de la comunidad y autorizó «la emisión de un informe jurídico en el expediente administrativo objeto de investigación».
Tras aprobar estas abstenciones, la sala ha decidido rechazar la competencia en el caso «sin perjuicio de lo que la Sala proceda resolver al respecto en un futuro».
En un comunicado, el TSJB explica que las causas criminales que afectan a un aforado (en este Francesc Fiol en su condición de diputado regional) requiere la intervención de dicho tribunal «cuando se hace preciso formular un juicio de inculpación o procesamiento o bien acordar la prisión de sujetos aforados».
En la exposición razonada que elevó el juez Castro, el instructor indicaba que tanto el fiscal como la acusación ejercida por la Comunidad Autónoma habían anunciado «que solicitarán en el momento oportuno la imposición de una fianza para asegurar responsabilidades civiles respecto a Fiol, sin que se afirme ni conste que dicha solicitud se haya producido todavía».
«En consecuencia», la sala del TSJB ha acordado que «mientras esa petición no se haya planteado y se conozcan su contenido, alcance y fundamentos no procede asumir el conocimiento de las actuaciones».