El matrimonio conformado por John Hore y Martha Monica Hore ha revelado hoy que el Ministerio Fiscal le propuso hace tres semanas pagar 12 millones de euros para evitar su ingreso en prisión, si bien esta oferta «no ha sido aceptada ni atendida hasta la fecha», teniendo en cuenta que se niega a aceptar «la asunción de responsabilidad de clase alguna» en este caso, que investiga la compra de fincas entre 2002 y 2006 en Son Bunyola (Banyalbufar) y otros bienes y propiedades eludiendo el pago de impuestos.
Mediante un escrito enviado a través de su abogado, Andrés Jiménez de Parga, el matrimonio Hore ha recordado que tiene interpuestos dos recursos de apelación ante la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Palma en los que solicitan el archivo y sobreseimiento de las actuaciones y que están pendientes de ser resueltos por la Audiencia de Palma.
En uno de esos recursos se ha presentado un dictamen elaborado por el profesor Ramón Falcón, catedrático de Derecho Tributario de la Universidad Complutense, en el que no sólo se concluye que Martha tributaba en la hacienda británica, sino que también se rebate la afirmación del fiscal de que la señora Hore tendría que haber tributado en España, incluso no siendo residente, por el impuesto de donaciones.
Asimismo, los señores Hore tienen interpuesta ante la Audiencia Nacional demanda por responsabilidad patrimonial contra el Estado Español en la que se reclaman 160 millones de euros por los «daños y perjuicios que les han causado las falsas acusaciones que se contenían en la querella presentada por la Fiscalía».
Concretamente, el fiscal Anticorrupción Juan Carrau emitió el pasado 9 de junio un escrito de calificación provisional en el que solicitaba 42 años y medio de prisión contra John Hore y 37 años y medio para su mujer por un supuesto fraude fiscal. Asimismo, la acusación pública pide 42 años y medio de cárcel contra el abogado Alejandro Feliu por su participación en esta presunta trama de fraude fiscal por la que se les atribuye quince delitos.
Además de la petición de cárcel, Carrau reclama que los acusados hagan frente a una fianza de responsabilidad civil que garantice el pago de las cuotas emitidas, calculado en más de 30 millones de euros, así como de las multas proporcionales -más de 120 millones- más un tercio fijado por Ley, en este caso de 50 millones. Así, la caución queda establecida en un total de 200 millones de euros para cada uno de los imputados.
Tal y como postula la acusación pública, los tres acusados se concertaron para defraudar a la Hacienda Pública de modo que los bienes y riqueza que en España Martha Hore iba a adquirir como propietaria eludieran el correcto pago de los gravámenes, para lo cual su marido contactó con Feliu (del bufete Feliu), quien proporcionó las medidas necesarias para ocultar la cuantía de la riqueza, la titularidad y su origen evitando la correcta tributación entre 2002 y 2007.
De este modo es como, según la Fiscalía, se pudo eludir el pago de 15 cuotas tributarias delictivas por un valor superior a los 32 millones de euros. Para ello, la intervención del abogado se plasmó en la proporción de sociedades en paraísos fiscales, diversos números de identificación fiscal para una misma persona y cuentas corrientes 'puente' que evitaran identificar correctamente al titular de los fondos. Todo ello «para llevar a efecto la conducta deliberada de ocultamiento a las autoridades tributarias del origen, cuantía y titularidad de la riqueza de Martha Hore».
Niegan el fraude fiscal
Sin embargo, el matrimonio niega haber defraudado «cantidad alguna» a la Hacienda Pública Española, por cuanto la mujer ostenta, desde el año 1996, la condición de residente fiscal británica, tal como «ha certificado en reiteradas ocasiones la Hacienda Pública británica», por lo que es en el Reino Unido donde tributa por sus rentas mundiales.
En otro escrito enviado el pasado 9 de junio, el matrimonio negó a través de su abogado que hayan existido donaciones «y en el hipotético caso que se pudiera entender que existieron donaciones entre los cónyuges, éstas siempre se habrían producido en el extranjero, ya que lo presuntamente donado fue siempre dinero proveniente de las rentas obtenidas por el señor Hore y nunca bienes inmuebles situados en España».
Además, añadió que, en todo caso, al estar casados los señores Hore en régimen de gananciales (trust británico), «nunca se podría entender que puedan existir donaciones entre cónyuges».
Por tanto, el matrimonio recalca que acreditada la residencia fiscal de la señora Hore en el Reino Unido, «desaparecía cualquier delito relacionado con el impuesto de la renta de las personas físicas (IRFF) que, según el fiscal, serían cuatro (por los años 2002, 2003, 2005 y 2006).
Además, indica que lo mismo sucede tanto con el impuesto sobre el Patrimonio que, según el fiscal, son cinco delitos, cometidos entre 2002 y 2006, como con el impuesto de Donaciones que, según Carrau, son cuatro, cometidos entre 2003 y 2006.
En relación al impuesto de Transmisiones Patrimoniales, el matrimonio remarcó que el delito referido a la adquisición en 1999 de la finca Sa Marina estaría prescrito, mientras que el referido a la compra en 2002 de Son Bunyola «no se devengó, pues el entonces vigente artículo 108 de la Ley del Mercado de Valores permitía este tipo de compras indirectas». Posteriormente, recordó que ese artículo fue modificado en el año 2006 para cubrir también este tipo de compras a través de sociedades.
Finalmente, los señores Hore manifiestan que eran «totalmente ajenos y desconocían» las prácticas que pudiera haber llevado a cabo el Bufete Feliu y, por ello, recuerdan que cuando tuvieron conocimiento exacto de la forma de actuar de determinados miembros de este bufete, procedieron a interponer a principios de 2009 una querella criminal contra Alejandro Feliu por «deslealtad profesional y apropiación indebida».
Las citadas penas de prisión solicitadas por la fiscalía se conocieron después de que el magistrado del Juzgado de Instrucción número 7 haya abierto juicio oral contra los tres acusados en el marco de otra pieza separada del caso Relámpago.