El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Maó ha notificado hoy un auto en el que acuerda el sobreseimiento libre y archivo de las diligencias previas 81/2009 abiertas a raíz de una querella contra la consellera de Turismo, Joana Barceló, y el presidente del Consell de Menorca, Marc Pons Pons, por un presunto delito de prevaricación administrativa.
La resolución se adopta de conformidad con lo establecido en el artículo 789.5 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en relación con el artículo 637.1 del mismo cuerpo legal, por no ser los hechos investigados constitutivos de delito.
Contra el auto cabe recurso de reforma (ante el propio Juzgado) o apelación (ante la Audiencia Provincial de Palma) en el plazo de tres días desde su notificación. En el momento en el que ocurrieron los hechos denunciados, y ahora archivados, Joana Barceló ocupaba el cargo de presidenta del Consell de Menorca y Marc Pons el de conseller de Ordenación del Territorio de la institución.
Cabe recordar que el pasado 5 de marzo, Barceló y Pons, defendidos por el letrado Gabriel Garcías, fueron interrogados acerca de la decisión adoptada por el Consell de Menorca de resolver el expediente de restitución de la legalidad urbanística el pasado 21 de diciembre de 2007 y de instar a la empresa Valeriano Allès Canet S.L. a derribar las edificaciones construidas sin licencia y a paralizar su actividad.
No obstante, el origen del conflicto se remonta al 2004, cuando el Ayuntamiento de Ciutadella no actuó después de que la citada empresa solicitara la licencia de obras para construir una fábrica de bloques en suelo rústico. En aquel momento, tal y como prevé la normativa, la empresa planteó una denuncia de mora ante el reiterado silencio administrativo del Ayuntamiento, hecho por el cual el Consell de Menorca fue el encargado de dar respuesta a la solicitud de licencia.
Finalmente, la institución insular resolvió denegar la licencia el 15 de noviembre de 2004, alegando que el Plan General de Ordenación Urbana de Ciutadella y el Plan Territorial Insular no permiten la ubicación de instalaciones industriales en suelo rústico.
Un contencioso denegado dos veces
Como consecuencia de esta decisión, Valeriano Allès interpuso un contencioso-administrativo contra la resolución del Consell, que fue denegado en primera instancia por el Juzgado del Contencioso-Administrativo el 5 de septiembre de 2005 y, en segunda instancia, por el Tribunal Superior de Justicia de Baleares el 26 de marzo de 2006. Por tanto, la negativa del Consell de Menorca a otorgar la licencia de obras a la empresa denunciante quedó, definitivamente, avalada por la Justicia.
Pese a no tener ningún tipo de licencia y de ser una actividad no permitida en suelo rústico, Valeriano Allès Canet S.L. siguió adelante con los trabajos de construcción de las instalaciones y, posteriormente, inició la actividad industrial que no paró hasta que fue desalojado de las instalaciones a instancias del propietario de los terrenos.
Las citadas fuentes del Consell de Menorca recordaron que una vez probada la ilegalidad de las obras y dictaminada por la Justicia, la Ley de Disciplina Urbanística de 1990 obliga a la Administración competente a iniciar los respectivos expedientes, uno de restitución y otro de sanción. Un vez más, el Ayuntamiento de Ciutadella decidió no actuar y el Consell de Menorca, «siempre atendiéndose a aquello que dicta la ley, determinó hacerse cargo de la tramitación de los expedientes de manera subsidiaria».
De este modo, ante la imposibilidad de legalizar las obras destinadas al uso industrial a la cantera de Son Sintes, la institución insular resolvió el expediente de restitución de la legalidad urbanística el 21 de diciembre de 2007 e instó a la empresa a derrocar las edificaciones construidas sin licencia y a paralizar la actividad.
El Consell remarcó que esta resolución sólo afecta a las instalaciones sin licencia donde se desarrolla una actividad ilegal, por lo que «no afecta a la actividad extractiva».
Posteriormente, el 21 de febrero de 2008 el Consell resolvió el expediente sancionador que alcanzó los 390.225 euros, tras la valoración pericial hecha por los técnicos de la institución insular, «siempre de acuerdo con el proyecto presentado en su día por la empresa, y tras conocerse la imposibilidad de legalizar las obras.