El Juzgado de lo Mercantil número 2 ha condenado a la compañía Iberia por anular un billete de vuelta de Santander a Palma al no usarse el de ida, por lo cual exige el pago a la aerolínea de 407,49 euros, que deberá a abonar a una pareja palmesa afectada por esta decisión de Iberia, que tuvo lugar a principios de agosto de 2008.
Los demandantes habían reservado el billete de ida a Santander para el 31 de julio de 2008, teniendo el de vuelta programado para el 3 de agosto. «Con anterioridad a la fecha de este vuelo, tuvimos que salir antes por enfermedad de un familiar, por lo cual pagamos dos billetes en otra aerolínea. Un día antes del regreso, Iberia nos notifica que el billete de vuelta ha sido cancelado por no haber utilizado el de ida. Para regresar a Palma tuvimos que adquirir un nuevo billete, pero a un precio muy superior, 387 euros. Ante el silencio de Iberia, pese a las reclamaciones que se le hicieron, utilizamos la vía judicial, ya que supimos que Iberia había sido condenada ya en una ocasión por el mismo motivo en unjuzgado de lo Mercantil de Bilbao», indica Daniel R.D., uno de los afectados.
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