Los consells insulars podrán modificar decretos y normas aprobados por el Govern en todas las competencias que ya gestionan: quince en el caso de Eivissa y Menorca y once, en el de Mallorca. Hasta la fecha, las instituciones insulares ejercían sus competencias plenas, como es el caso de urbanismo, pero no sólo no podían aprobar decretos o normas, sino que estaban obligados a cumplir los que dictaba el Govern.
Tras la reciente entrada en vigor de la reforma del Estatut, las cosas han cambiado de forma sustancial. En aquellas materias sobre las que ya tienen la competencia, los consells podrán aprobar de inmediato las modificaciones normativas que estimen oportunas. Tal es al autonomía de las instituciones insulares que incluso podrán acordar cambios en decreto previos aprobados por el Govern.
La modificación jurídica es de tal calibre que los servicios técnicos y jurídicos de los consells de Mallorca y de Menorca ya han mantenido reuniones previas para tratar de coordinar, en la medida de lo posible, las modificaciones jurídicas, según explicó la presidenta del Consell de Menorca, Joana Barceló.
En relación con este asunto, la presidenta del Consell de Menorca, Joana Barceló ha mantenido contactos con la vicepresidenta del Govern, Rosa Estaràs, con quien ha acordado poner en marcha unos criterios mínimos de coordinación entre los consells para que las diferencias normativas no hagan que estas instituciones sean completamente diferentes entre sí y evitar de esta manera problemas entre las instituciones.