MONICA GONZALEZ
El Consell de Govern aprobó ayer el decreto por el que se establece el régimen de admisión de alumnos en los centros sostenidos con fondos públicos, que según explicó el portavoz del Ejecutivo autonómico, Joan Flaquer, se adecúa a las exigencias de la LOE.
Este decreto se aplicará a los alumnos que accedan por primera vez a los centros docentes sostenidos con fondos públicos y cuando el centro no tenga plazas suficientes para atender la demanda se aplicarán unos criterios preferentes o complementarios.
Los prioritarios serán que los alumnos tengan hermanos matriculados en el centro o padres, madres o tutores que trabajen allí; la proximidad del domicilio del alumno o del lugar de trabajo de progenitores; la renta anual de la unidad familiar y la discapacidad del alumno, en el padre, madre, tutor o hermanos.
Los complementarios serán la pertenencia a una familia numerosa y otras circunstancias relevantes justificadas por el centro.
Flaquer recordó que en abril de 2004 el Govern aprobó el decreto de admisión de alumnos en el que se valoraba de la misma forma el domicilio familiar y laboral de los padres, algo que sigue vigente, y modificaba criterios relativos a la renta per cápita.
Pero de cara al próximo curso se han tenido que introducir una serie de novedades por la obligatoria adaptación del decreto a la LOE, que impone una serie de criterios prioritarios. El primero y más relevante de los cambios con respecto al decreto del año pasado se refiere a la exigencia de presentar la renta anual de la unidad familiar, en lugar de la renta per cápita de las familias. Así, los puntos por la renta irán de 1,5 para las inferiores o iguales al salario mínimo y 0 puntos si son superiores al triple del salario.
Una segunda novedad importante afecta a los hijos del personal docente y no docente de los centros, que desde ahora tendrán una mayor preferencia a la hora de elegir centro. Así, se dará 4 puntos por tener a un progenitor en el centro y 7 si trabajan los dos.