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Un auto judicial impide a Dalmau y Pizá traspasar las acciones de la Policlínica

La jueza instruye una querella por apropiación indebida y delito societario

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La titular del Juzgado de Instrucción número 10 de Palma ha dictado un auto por el cual impide a los propietarios de la Policlínica Miramar Miquel Dalmau y Cristóbal Pizá, deshacerse de sus respectivos patrimonios y que transmitan las acciones que ambos poseen de esa clínica. La magistrada, asimismo, se opuso a la petición de los querellantes, Ramón Autonell y Oliver Kaufer, de designar un administrador judicial para la Policlínica.

Instrucción 10 investiga una querella contra Dalmau y Pizá por un presunto delito societario y otro de apropiación indebida, ya que los querellantes entienden que ambos, prevaliéndose de su posición mayoritaria, tanto como accionistas como miembros del consejo de administración de la entidad Ameba SA, han procedido a la adopción de determinados acuerdos perjudiciales para ellos.

En ese contexto, señalan que los querellados «con abuso de las funciones propias de su cargo, vienen procediendo, en clara gestión desleal, a disponer y utilizar fraudulentamente de los bienes de la sociedad en su propio beneficio».

Además, afirman que «han procedido a la distracción a su favor de parte del dinero obtenido como beneficio por la entidad Ameba», basando todas estas imputaciones en una extensa prueba documental, contable, y en un informe pericial. Por todo ello, los querellantes habían solicitado a la jueza que designara un administrador judicial, a los efectos de «garantizar el cumplimiento de las posibles responsabilidades civiles de la actuación de los querellados». Si embargo, la jueza se opuso a esa petición ya que «el nombramiento de un administrador judicial es una medida cautelar de carácter patrimonial, que por afectar a una empresa que gestiona la explotación de un hospital, exige una máxima cautela para evitar perjuicios irreparables o el entorpecimiento no justificado en la gestión del centro médico».

El auto añade que en la fase procesal en la que se encuentra la causa, en las que todavía no se ha iniciado la instrucción, «esta juzgadora carece de los elementos de juicio necesarios para adoptar con ciertas garantías las medidas cautelares interesadas». La resolución, asimismo, incide en el hecho de garantizar los derechos de los querellantes, por ello, prohíbe a Dalmau y Pizá deshacerse de su patrimonio o traspasar las acciones de la Policlínica.

Los accionistas mayoritarios de la Policlínica también son objeto de otra querella interpuesta por el doctor Pau Ramis, defendido por el abogado Fernando Mateas.

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