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Un laboratorio deberá indemnizar por su paternidad a un diagnosticado como estéril

La Audiencia de Mallorca ratifica que su seguro no cubre errores profesionales

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Un laboratorio mallorquín de análisis clínicos y biológicos deberá hacer frente a una demanda de 279.600 euros interpuesta por un hombre al que la analítica seminal consideró esteril y que año y medio después fue padre de un niño.

La Audiencia de Mallorca ha ratificado la sentencia de un juzgado palmesano de Primera Instancia, en el sentido de que la compañía de seguros con la que el laboratorio tiene póliza de siniestros no cubre «errores u omisiones profesionales del asegurado y de las personas y medios por los que legalmente deba responder».

Los hechos se remontan a enero de 2002, cuando un hombre acudió al laboratorio para la realización de análisis de esperma que determinaran si se había producido algún problema derivado de una torsión testicular sufrida en su trabajo.

La analítica señaló que el hombre era estéril, pero en julio de 2003 su pareja dio a luz un niño que fue concebido con el concurso del hoy demandante y por medios naturales. Una nueva analítica seminal del perjudicado determinó entonces que no padecía infertilidad.

A principios del pasado año, el perjudicado por el dictamen de la primera analítica interpuso demanda de daños y perjuicios contra el laboratorio, al que solicita 129.600 euros por gastos de manutención del hijo y 150.000 euros en concepto de daños morales.

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