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Los juzgados tramitan 2.000 desahucios al año contra inquilinos morosos en Palma

Los abogados auguran un aumento de los procesos por impago de alquileres cuando se agilicen los trámites

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Los juzgados de Palma están tramitando una media de 2.000 desahucios anuales, casi seis diarios, cifra que unida a la que se registra en el resto de jurisdicciones de Balears, sitúan a esta comunidad a la cabeza de la clasificación estatal en la expulsión de inquilinos por vía judicial (el 1,43 por ciento de la población).

Así lo establece el estudio «Los riesgos de exclusión social en las comunidades autónomas», publicado recientemente por la fundación Banco Bilbao Vizcaya y la Generalitat de Catalunya.

Según las cifras hechas públicas por el Decanato de sa Gerreria, en 2005 entraron 1.993 asuntos de esa naturaleza. Hasta el 9 de junio de este año, se han presentado 1.023, con una clara tendencia al alza.

No obstante, abogados y consultores inmobiliarios afirman que esas cifras «se dispararán» cuanto el Gobierno aplique el denominado «desahucio exprés», que permitirá a los caseros recuperar su inmueble en dos meses, y no los nueve de la media actual.

El sector apoya las medidas jurídicas adoptadas por el Gobierno para agilizar los desahucios y el acortamiento de la duración de los contratos, así como mejorar la fiscalidad de los arrendamientos con el objetivo de fomentar el alquiler de viviendas en Balears.

A la aplicación de los juicios rápidos civiles -contenidos en la disposición adicional quinta de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC)- le ha seguido la creación de las Oficinas de Señalamiento Inmediato, un instrumento con carácter de servicio común procesal concebido en la misma ley, y que debe gestionar los señalamientos ante los juzgados de primera instancia, constituidos en Turno de Asistencia Continuada.

Sin embargo, estas oficinas todavía no han sido habilitadas por el Ministerio de Justicia.

La notificación de la demanda de desahucio, según la Ley de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo, podrá entregarse en el domicilio de cualquier empleado o familiar mayor de 14 años que se encuentre en el lugar, o al concerje de la finca si la hay, con la advertencia de que está obligado a entregársela al destinatario o darle aviso si sabe de su paradero.

Según los empresarios, antes de la reforma de la ley, la expulsión de los inquilinos morosos podía llegar a tardar una media de nueve meses. Ese plazo puede descender a dos. En otros países, como Estados Unidos, la expulsión es casi automática.

Y también, otro tema que preocupa a los propietarios es el estado en que reciben el piso de los arrendatarios morosos tras un juicio. Afirman que en muchos casos deben invertir grandes sumas en reparar los daños causados en las viviendas, y también piden medidas para obligar a eso inquilinos a devolver el inmueble que ocuparon «en las mismas condiciones en la que lo encontraron».

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