La CAEB argumenta que las leyes nacional y autonómica sobre tabaquismo son de naturaleza sanitaria y no de carácter laboral, de prevención de riesgos laborales o reguladoras de las condiciones del trabajo. Por esta razón, la patronal balear cree que no debería alterarse la actividad normal de las empresas permitiendo pausas o permisos para fumar que, a su juicio, podrían generar situaciones de trato diferencial a los no fumadores y afectar a la operatividad de las empresas.
De igual forma, la CAEB rechaza tratar el consumo de tabaco en la negociación colectiva, tal y como habían solicitado los sindicatos mayoritarios. Afirman que las empresas no tienen mas opción que cumplir y hacer cumplir la ley. Recuerdan además que la prohibición de fumar impera en muchos sectores económicos desde antes de la entrada en vigor de las normas nacional y autonómica, tales como en el alimentario, gran comercio o en la hostelería.
La junta de gobierno de la confederación patronal acordó trasladar a sus federaciones, asociaciones y empresas asociadas el resto de las recomendaciones anunciadas por la CEOE. Conminan a los empresarios a vigilar el cumplimiento de la prohibición de fumar y a preveer procedimientos internos de actuación y sanción disciplinaria para los supuestos de incumplimiento, ya que recuerdan que el empresario tiene la obligación legal de no permitir fumar en el centro de trabajo.