El president Jaume Matas ha decidido interponer un recurso de reposición contra su propio Govern por enviarle a una dirección equivocada dos recibos atrasados del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) correspondientes al año 2004. El error lo cometió en primera instancia el Ajuntament de Palma, que es quien pone a cobro este impuesto en periodo voluntario, pero Matas debe ahora resolver su problema con el propio Govern, dado que la Dirección General de Tributos es quien se encarga del cobro ejecutivo del impuesto cuando ya ha finalizado el plazo voluntario y es quien pretende aplicar ahora el recargo a Jaume Matas. El president, a través de la página web del Govern, detalló ayer su conflicto particular con la Dirección General de Tributos.
El BOIB del día anterior había publicado el anuncio de la Conselleria d'Economia por la notificación de comparecencia en el procedimiento de ejecución forzosa de cobro de dos recibos de la contribución del president por importe de 34,92 y 170 euros. En el recurso, Matas alega que las liquidaciones de dos recibos del año 2004 le fueron notificadas al domicilio del Ministerio de Medio Ambiente, en Madrid, cuando desde 2003 preside el Govern y reside, por lo tanto, en la Isla. Además, en el expediente oficial no consta ni el día ni la hora en que intentaron localizar a Matas en su antiguo despacho madrileño. Tampoco aparece en la documentación si el repartidor que entregó en Madrid los dos recibos de la contribución llegó a dejar al destinatario el aviso de llegada, algo que evidentemente no sucedió, dado que Matas ya no era ministro de Medio Ambiente ni residía en la capital.
Matas solicita, por lo tanto, que se resuelva retrotraer estos dos impuestos de contribución como si tuviese que pagarlos en periodo voluntario, es decir, sin ningún tipo de recargo por retrasarse en el pago. Cabe recordar que el periodo de pago voluntario del IBI en el Ajuntament de Palma finaliza cada año el 30 de noviembre y el pago puede llevarse a cabo bien en las oficinas de recaudación del impuesto bien a través del banco, siempre que se disponga del correspondiente recibo.