Un juez de Palma ha condenado a una inmobiliaria por vender una vivienda en la calle Aragón con una superficie inferior a la que había acordado con sus clientes en el contratado de compra y venta. Los clientes, representados en este pleito por el abogado Cristóbal Borrás, compraron la vivienda antes de su construcción, basándose en los planos que les mostró la inmobiliaria. Se establecía que la superficie útil de la vivienda tendría una dimensión de 80,2 metros cuadrados, más la terraza y la plaza de garaje. Sin embargo, una vez pagada la vivienda y constituida la escritura los propietarios se dieron cuenta que su casa no medía 80,2 metros cuadrados, sino sólo 76,70 metros, es decir, 3,5 metros menos de lo que habían pactado.
El juez entiende que la inmobiliaria no cumplió lo acordado en el contrato y que tenía la obligación de entregar una vivienda en las dimensiones que se habían establecido. A los dueños de la casa se les ha reconocido el daño moral por esta situación que han sufrido y la sentencia les otorga una indemnización de 5.460 euros. La sentencia ha sido apelada.