La titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Palma, Carmen Frígola, ha dictado una sentencia por la cual estima un recurso presentado por M.V.C. en contra de un Decreto del Ajuntament de Palma, de 10 de septiembre de 2002, que iniciaba el expediente de retirada de la vía pública de un quiosco de prensa y ocupación de mesas y sillas del hostal Términus, situados en la Plaça d'Espanya de Palma. La juez deja sin efecto el Decreto y declara que «la recurrente dispone de título legítimo para la ocupación de las citadas superficies y que la ejerce de forma pública, notoria, pacífica y ancestral».
Los servicios jurídicos del Ajuntament de Palma iniciaron el expediente de desalojo contra la inquilina al entender que no disponía de licencia de ocupación de la vía pública ni de concesión administrativa. Además, alegaron «razones de interés público» al «reordenarse aquel espacio con ocasión de las obras realizadas en la Plaça d'Espanya y en el Parc de ses Estacions».
Según la sentencia, para el éxito de la acción que pretende la Administración se exigen dos requisitos: Que quede claramente acreditado que el lugar objeto de autos, esto es, el suelo que ocupa la marquesina del bar terraza y el quiosco de prensa que explota la recurrente, es de titularidad municipal en la actualidad. Y que la ocupación realizada sea ilegítima. La juez señala que ambos requisitos no se cumplieron.