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Desde hoy son obligatorios los chalecos reflectantes y las sillas de sujeción para niños

Entran en vigor para todos los conductores varios artículos del Reglamento General de Circulación, tras una carencia de seis meses

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Hoy entran en vigor los artículos del Reglamento General de Circulación relativos a la utilización de chalecos reflectantes y el uso de sistemas de retención para menores de 12 años cuando viajen en vehículos turismo.

Los niños deben viajar siempre sujetos
Los menores de doce años deben usar sistemas de retención adecuados cuando viajen en cualquier asiento de un turismo. Los dispositivos de retención infantil serán obligatorios para los menores de tres años, adaptados a su peso y talla. Para ello se han dispuestos diferentes tramos de edad y peso, con su correspondiente modelo de silla. Así, de cero a nueve meses se utilizará un cuco o cesta en sentido contrario a la marcha; de nueve meses a tres años una silla y de tres a seis años un cojín elevado con respaldo, entre otros. Además, cualquier persona mayor de tres años que no supere una altura de 150 centímetros también deberá utilizar un sistema de sujeción homologado a su talla y peso.

Chalecos
reflectantes
La norma obliga a los conductores de turismos, autobuses y camiones de más de 3.500 kilos, conjuntos de vehículos no agrícolas y los conductores y personal auxiliar de los vehículos pilotos de acompañamiento a utilizar un chaleco reflectante de alta visibilidad, cuando salgan del vehículo y ocupen la calzada o el arcén de las vías interurbanas. De esta forma, el chaleco es un elemento obligatorio del conductor, pero no del vehículo, al contrario que los triángulos. Para los conductores de turismo, esta obligación, que será exigible desde hoy, ha tenido una carencia de seis meses desde la entrada en vigor de este Reglamento. Antes de esta nueva norma, sólo estaba regulada la obligación de uso de un dispositivo retrorreflectante para peatones que durante la noche caminaran por vías fuera de poblado.

Teléfonos móviles
Otras normas adoptadas por Tráfico para reducir los accidentes y que ya estaban en vigor están relacionadas con los teléfonos móviles. En el reglamento antiguo este tema no estaba regulado. Ahora, se prohibe la utilización durante la conducción de teléfonos móviles y cualquier otro medio o sistema de comunicación, salvo si ésta se puede realizar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares.

Radio y móvil estarán apagados al repostar
Antes, el motor y las luces debían estar apagados al repostar combustible; tras la entrada en vigor de la nueva norma también deberán estar apagados los sistemas eléctricos y electromagnéticos, como la radio y el móvil.

Circulación de emergencia por el arcén
Se ha ampliado la autorización a todos los vehículos que no excedan de 3.500 kilógramos. La obligación de abandonar la vía en la primera salida posible también se aplica en autovías.

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