Las sanciones impuestas por la Conselleria de Medi Ambient por la apertura de pozos ilegales (sin autorización administrativa) pasan de 1.800 a 6.000 euros para el promotor o propietario de la finca, y de 900 a 4.000 euros para la empresa ejecutora del sondeo o perforación.
Así lo ha anunciado Joan Crespí, director general de Recursos Hídrics, quien ha explicado que «la apertura de un pozo ilegal, para suministro humano o agrícola, es considerada una infracción leve, sancionada con hasta 6.000 euros, pero hasta el momento sólo se aplicaban multas de 1.800. A partir de ahora impondremos el máximo permetido, de manera discrecional y sin necesidad de cambiar normativas».
Para Crespí, «a estas alturas, es inconcebible que un propietario, con las facilidades que se dan, abra un pozo ilegal. Actuar así no tiene sentido, pero peor es que la empresa profesional, que conoce a fondo la normativa, acepte hacerlo». Si el pozo perforado no tiene autorización, pero es legalizable, las sanciones se reducirían a la mitad sólo cuando el sondeo haya sido regularizado. Si un pozo cumple los requisitos para ser legalizable, la autorización no suele tardar más de ocho días.
Así, las sanciones al propietario se multiplican por 3'3 y a la empresa perforadora, por 4'4. El director general señala, además, que está consultando con sus servicios jurídicos la posibilidad de inmovilizar y precintar la maquinaria que sea sorprendida «in fraganti» realizando una perforación ilegal. Joan Crespí indica que, actualmente, hay una docena de expedientes abiertos por esta cuestión y valora la labor inspectora tanto de los agentes y vigilantes de la Conselleria como del Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil.